Autoclasificación patronal

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas125-140

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El procedimiento que sirve para determinar las cuotas aplicables al seguro de riesgos de trabajo se definió en la LSS de 1973, tomando como base la clasificación internacional de las distintas actividades económicas, de acuerdo con el convenio 121, celebrado en Ginebra, Suiza, el 17 de junio de 1964.

Divisiones Actividades económicas
0 Agricultura, ganadería, caza, pesca y silvicultura
1 Explotación de minas y canteras
2y 3 Industrias manufactureras
4 Construcción
5 Electricidad, gas, agua y servicios sanitarios
6 Comercio
7 Transportes, almacenaje y comunicaciones
8 Servicios
9 Actividades no bien especificadas

Estas divisiones se agruparon en cinco clases de riesgo, de acuerdo con la peligrosidad de las labores desarrolladas en cada actividad, a cada una se le asignó un grado de riesgo.

Sin embargo, este procedimiento de clasificación, vigente hasta 1998, imponía a los patrones un porcentaje de prima permanente y general calculado sobre el salario base de cotización de los trabajadores desde el momento de la inscripción inicial o cambio de actividad.

Esto propiciaba que las empresas, a pesar de realizar grandes esfuerzos para mejorar las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, no disminuyeran su prima de riesgo en la revisión anual de siniestralidad, ya que permanecían confinadas en una clase con un porcentaje mínimo y un máximo.

Con la entrada en vigor de la LSS, el 1o. de julio de 1997, la clasificación pierde importancia al efectuar el cálculo anual de siniestralidad, pues desaparecen las clases y límites respectivos.

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Primera inscripción o cambio de actividad

Como en todo principio, debe existir un punto de partida, al presente asunto le corresponde el concepto de clasificación de las empresas, puesto que permanece para los casos siguientes:

1. Registro o inscripción de nuevos patrones.

2. Cambio de actividades.

El patrón que se inscribe por primera vez en el IMSSocambiade actividad se autoclasi-ficará, aplicando el catálogo de actividades previsto en el artículo 196 del RACERF.

Para esto, se determinará el grupo, fracción y clase correspondiente a su actividad principal.

Para ubicarse en la estructura del catálogo de actividades, habrá que consultar las nueve divisiones, afin de seleccionar aquella en que se pueda ubicar la actividad desarrollada; posteriormente, habrá de localizarse el grupo y fracción correspondiente a las características y cualidades de la propia.

A continuación se muestra la estructura divisional y de grupo del catálogo de actividades a que se refiere el artículo 196 del RACERF.

Clave División Grupo Nombre
0 Agricultura, ga- 01 Agricultura
nadería, silvi-
cultura, caza y 02 Ganadería
pesca
03 Silvicultura
04 Pesca
05 Caza
1 Industrias ex- 11 Extracción y beneficio de carbón mineral, grafito y mine-
tractivas rales no metálicos; excepto sal
12 Exploración y extracción de petróleo crudo y gas natu-
ral
13 Extracción y beneficio de minerales metálicos
14 Explotación de sal

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Clave División Grupo Nombre
2y 3 Industrias de 20 Elaboración de alimentos
transformación
21 Elaboración de bebidas
22 Beneficio y/o fabricación de productos de tabaco
23 Industria textil
24 Confección de prendas de vestir y otros artículos
a base de textiles y materiales diversos, excepto
calzado
25 Fabricación de calzado e industria del cuero
26 Industria y productos de madera y corcho, excepto
muebles
27 Fabricación y/o reparación de muebles de madera
y sus partes, excepto los de metal y de plástico moldea-
do
28 Industria del papel
29 Industria editorial de impresión y conexas
30 Industria química
31 Refinación del petróleo y derivados del carbón
mineral
32 Fabricación de productos de hule y plástico
33 Fabricación de productos de minerales no metálicos,
excepto del petróleo y del carbón mineral
34 Industrias metálicas básicas
35 Fabricación de productos metálicos, excepto maquina-
ria y equipo
36 Fabricación, ensamble y/o reparación de maquinaria,
equipo y sus partes, excepto los eléctricos
37 Fabricación y/o ensamble de maquinaria, equipos, apara-
tos, accesorios y artículos eléctricos, electrónicos y sus
partes
38 Construcción, reconstrucción y ensamble de equipo de
transporte y sus partes
39 Otras industrias manufactureras

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Clave División Grupo Nombre
4 Industria de la 41 Construcción de edificaciones y de obras de ingeniería
construcción civil
42 Trabajos realizados por contratistas especializados
5 Industria eléc- 50 Generación, transmisión y distribución de energía eléc-
trica y capta- trica
ción
y suministro de 51 Captación y suministro de agua potable y tratada
agua potable
6 Comercio 61 Compraventa de alimentos, bebidas y productos del ta-
baco
62 Compraventa de prendas de vestir y otros artículos de
uso personal
63 Compraventa de artículos para el hogar
64 Compraventa en tiendas de autoservicio y de departa-
mentos especializados por línea de mercancías
65 Compraventa de gases, combustibles y lubricantes
66 Compraventa de materias primas, materiales y auxilia-
res
67 Compraventa de maquinaria, equipo, instrumentos,
aparatos, herramientas, sus refacciones y accesorios
68 Compraventa de equipo de transporte, sus refacciones
y accesorios
69 Compraventa de inmuebles y artículos diversos
7 Transportes y 71 Transporte terrestre
comunicacio-
nes 72 Transporte por agua
73 Transporte aéreo
74 Servicios conexos al transporte
75 Servicios relacionados con el transporte en general
76 Comunicaciones

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Clave División Grupo Nombre
8 Servicios para 81 Servicios financieros y de seguros (bancos, financieras,
empresas, per- compañías de seguros y similares)
sonas y el ho-
gar 82 Servicios colaterales a las instituciones financieras
y de seguros
83 Servicios relacionados con inmuebles
84 Servicios profesionales y técnicos
85 Servicios de alquiler, excepto de inmuebles
86 Servicios de alojamiento temporal
87 Preparación y servicio de alimentos y bebidas
88 Servicios recreativos y de esparcimiento
89 Servicios personales para el hogar y diversos
9 Servicios sociales y comunales 9192 939499 Servicios de enseñanza, investigación científica y difusión culturalServicios médicos, asistencia social y veterinariosAgrupaciones mercantiles, profesionales, cívicas, políticas, laborales y religiosasServicios de administración pública y seguridad socialServicios de organizaciones internacionales y otros organismos extraterritoriales

En resumen, el catálogo cuenta con 62 grupos y 276 fracciones que abarcan en general todas las actividades.

Cuando la actividad no se señale específicamente en dicho catálogo, habrá que determinar la clasificación, considerando la analogía o similitud de los procesos de trabajo y los de riesgos de la misma, con el fin de establecer un comparativo con las actividades que aparecen en el catálogo (artículo 20 del RACERF).

Una vez que se ha determinado la clasificación, el patrón aplicará la prima media de riesgos de trabajo correspondiente, de acuerdo con su clase, como lo disponen los artículos 72, segundo párrafo, y 73 de la LSS.

Prima media Porcentajes
Clase I 0.54355
Clase II 1.13065

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Prima media Porcentajes
Clase III 2.59840
Clase IV 4.65325
Clase V 7.58875

Esta prima será cubierta hasta que el patrón cuente con un periodo anual completo de siniestralidad (1o. de enero al 31 de diciembre) en el que...

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