De las atribuciónes genéricas de las unidades administrativas

Páginas3-4

Page 3

ARTICULO 8. Corresponde a los directores y responsables de las unidades administrativas, el ejercicio de las atribuciones genéricas siguientes:

I. Representar y auxiliar al director general dentro de la esfera de competencia de la unidad administrativa a su cargo en los asuntos que expresamente les encomiende en el ejercicio de sus atribuciones y realizar las actividades necesarias para el cumplimiento de las funciones a su cargo;

II. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las actividades encomendadas a la unidad administrativa a su cargo, así como formular y proponer al director general, de conformidad con los lineamientos de las unidades administrativas competentes de la Secretaría, los proyectos de programas relativos a sus respectivas unidades administrativas;

III. Acordar con el director general, la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentren dentro de la competencia de la unidad administrativa a su cargo e informarle oportunamente sobre los mismos;

IV. Auxiliar al director general en la elaboración del proyecto o reformas a los Manuales de Organización y de Procedimientos correspondientes, elaborando y proponiendo al director general, proyectos para crear, reorganizar o modificar la estructura de la unidad administrativa a su cargo;

V. Elaborar y proponer al director general los programas anuales de actividades del Instituto;

VI. Emitir los dictámenes, opiniones e informes que les sean solicitados por el director general;

VII. Proponer el ingreso, promociones, licencias y remociones del personal de la unidad administrativa a su cargo;

VIII. Auxiliar al director general en la planeación, diseño, promoción, operación y desarrollo de cursos, talleres y programas de capacitación, actualización y especialización, que tengan por objeto mejorar la formación de recursos humanos;

IX. Elaborar y proponer al director general los formatos oficiales para la presentación de solicitudes o promociones por los particulares;

X. Realizar estudios e investigaciones en materia de derecho de autor que coadyuven al cumplimiento de las funciones y facultades del Instituto;

XI. Coordinar sus actividades con las demás unidades administrativas cuando así se requiera para el mejor funcionamiento del Instituto;

XII. Firmar y notificar los acuerdos de trámite y aquellos actos que se emitan con fundamento en las atribuciones que les correspondan, así como las resoluciones o acuerdos de autoridades...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR