Asunto Nº 395 del H. Congreso del Estado de Chihuahua, 01-02-2011

Fecha de publicación01 Febrero 2011
Fecha01 Febrero 2011
EstatusDictaminada
Autor de la iniciativaDip. Pablo González Gutiérrez (PRI), Dip. Francisco Javier Salcido Lozoya (PRI), Dip. Inés Aurora Martínez Bernal (PAN), Dip. Rubén Aguilar Jiménez (PT), Dip. Luis Adrián Pacheco Sánchez (PNA) , DIPUTADO FRANCISCO SALCIDO LOZOYA, DIPUTADO LUIS ADRÍAN PACHECO SÁNCHEZ, DIPUTADA INÉS AURORA MARTÍNEZ BERNAL, DIPUTADO PABLO GONZÁLEZ GUTIÉRREZ Y DIPUTADO RUBÉN AGUILAR JIMÉNEZ.Dip. Francisco Javier Salcido Lozoya (PRI) Dip. Luis Adrián Pacheco Sánchez (PNA) Dip. Inés Aurora Martínez Bernal (PAN) Dip. Pablo González Gutiérrez (PRI) Dip. Rubén Aguilar Jiménez (PT)
LegislaturaLXIII / I Año / I DP
“2011, año del Bicentenario del Sacrificio de Don Miguel Hidalgo y Costilla, Padre de la Patria”
1
Chihuahua, Chih.; a 1 de febrero de 2011.
DIPUTACIÓN PERMANENTE DEL H. CONGRESO
DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
P R E S E N T E.-
Los suscritos, en nuestro carácter de Diputados a la Sexagésima Tercera Legislatura del
Honorable Congreso del Estado, integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social,
acudimos ante esta Alta Representación Social a presentar Iniciativa con carácter de
Acuerdo, a fin de solicitar de manera respetuosa al C. Secretario del Trabajo y Previsión
Social del Gobierno Federal la instalación de una nueva Junta Especial Federal de
Conciliación y Arbitraje tanto en Chihuahua, como en Juárez, respectivamente, adicionales a
las ya existentes. Lo anterior con base en la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Nuestra organización jurídica requiere de sus autoridades una correcta administración e
impartición de justicia, ya que de ello depende la cohesión, armonía y paz social.
El tema de las relaciones del trabajo y el capital, ha sido un tema de debate a lo largo de la
historia, y por tanto nos ha obligado a mantener un análisis permanente del mismo desde
diversos aspectos de las ciencias sociales, como lo relativo a su eficacia normativa, como en
el caso que nos ocupa, cuyo dinamismo no ha sido suficiente, ni detonante en el bienestar
integral de las clases trabajadoras de la última década.
Es claro que la validez de nuestras instituciones de derecho relativas al acceso a la
jurisdicción, entre otras, encuentra su legitimación en nuestra Carta Magna. Gracias a ésta,
el ciudadano debe solicitar la intervención de las autoridades del Estado ante la
imposibilidad de que cada quien se haga su propia justicia, brindando la certeza de que los
Tribunales, que para ese fin son creados, ejercen el monopolio de la resolución de los
conflictos puestos a su consideración.
El fundamento de la garantía de legalidad que se desprende del derecho que le asiste al
ciudadano de obtener la jurisdicción de las autoridades competentes no se discute; sin
embargo, en esta ocasión lo que se plantea es propugnar por la eficiencia y eficacia de la
impartición de la justicia laboral, más allá de la creación de una conciencia generalizada que

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