Asimilados a Salarios

AutorHonoré A. Bornacini Hervella
Páginas39-39
ASIMILADOS A SALARIOS 2012
MÉXICO FISCAL
39
6.1. Asimilados a Salarios:
Recomendaciones Generales:
A estos contribuyentes se les deberá realizar el cálculo del impuesto anual, si se encuentran dentro de los límites y
supuestos para hacerlo.
En el cálculo de sus retenciones de ISR durante 2012, no se les debe de haber aplicado el Subsidio para el Empleo
en los términos del propio Decreto, ya que no tienen derecho a él.
Tampoco tienen derecho a recibir prestaciones de previsión social exentas.
Declaración Informativa Múltiple (ART-118-F-V LISR):
a) La información de los mismos debe incluirse en la declaración informativa múltiple que se presenta a más tardar
el 15 de febrero de cada año.
Deberá vigilarse que se encuentren inscritos en el RFC y en su caso, inscribirlos o dar el aviso de reanudación o
suspensión que establece el RCFF.

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