Artículos transitorios

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ARTÍCULOS TRANSITORIOS 2006

Publicados en el D.O.F. del 4 de diciembre de 2006 FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE REGLAMENTO

ARTÍCULO PRIMERO.

El presente Reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SE ABROGA EL ANTERIOR REGLAMENTO DEL IEPS

ARTÍCULO SEGUNDO.

Se abroga el Reglamento de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios publicado en el Diario Oficial de la Federación del 29 de febrero de 1984.

A partir de la entrada en vigor de este Reglamento quedan sin efecto, en lo que se opongan al mismo, las disposiciones de carácter administrativo en materia del impuesto especial sobre producción y servicios.

Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de...

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