Artículo 60

AutorPetra Armenta Ramírez
Cargo del AutorDoctora en Derecho Público
Páginas389-391
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos Comentada
389
Artículo 60. El organismo público previsto en el artículo 41 de esta
Constitución, de acuerdo con lo que disponga la ley, declarará la validez de
las elecciones de diputados y senadores en cada uno de los distritos
electorales uninominales y en cada una de las entidades federativas;
otorgará las constancias respectivas a las fórmulas de candidatos que
hubiesen obtenido mayoría de votos y hará la asignación de senadores de
primera minoría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de esta
Constitución y en la ley. Asimismo, hará la declaración de validez y la
asignación de diputados según el principio de representación proporcional
de conformidad con el artículo 54 de esta Constitución y la ley.
Las determinaciones sobre la declaración de validez, el otorgamiento
de las constancias y la asignación de diputados o senadores podrán ser
impugnadas ante las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, en los términos que señale la ley.
Párrafo reformado DOF 22-08-1996
Las resoluciones de las salas a que se refiere el párrafo anterior, podrán
ser revisadas exclusivamente por la Sala Superior del propio Tribunal, a
través del medio de impugnación que los partidos políticos podrán
interponer únicamente cuando por los agravios esgrimidos se pueda
modificar el resultado de la elección. Los fallos de la Sala serán definitivos
e inatacables. La ley establecerá los presupuestos, requisitos de
procedencia y el trámite para este medio de impugnación.
Párrafo reformado DOF 22-08-1996
Artículo reformado DOF 06-12-1977, 22-04-1981, 15-12-1986, 06-
04-1990, 03-09-1993
PETRA ARMENTA RAMÍREZ
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COMENTARIO
Con la reforma electoral de 2014, se instauraron los organismos públicos
locales electorales, como aquellos organismos autónomos de los Estados,
cuyas funciones son las de organización de los comicios electorales de su
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Doctora en Derecho Público, Perfil PROMEP, perteneciente a cuerpo académico
consolidado Redes para el Desarrollo. Cultura, Ciencia y Tecnología en
Transdiciplinariedad, Miembro del Sistema Nacional de Investigadores Nivel I. Directora
del Instituto de Investigaciones Jurídicas, Especialista en temas electorales con obra
publicada a nivel Nacional e Internacional.

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