Artículo 36. Obligaciones de los ciudadanos mexicanos

AutorVíctor Manuel Martínez Bullé Goyri
Páginas146-148

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El contenido de este artículo es:

1) Las obligaciones de los ciudadanos mexicanos.

Este artículo es correlativo con el anterior, pues mientras en aquél se consignan las prerrogativas de los ciudadanos, en éste se expresan las obligaciones que implica la ciudadanía. Las obligaciones contenidas en las fracciones II, III y IV de este artículo (alistarse en la Guardia Nacional, votar en los procesos electorales y desempeñar los cargos de elección popular), son de hecho correspondientes con los derechos de las fracciones I, II y IV del artículo 35; esto es, se trata de derechos de ejercicio obligatorio, ya que su cumplimiento es de interés público.

La fracción primera establece, en primer lugar, la obligación de inscribir las propiedades y actividades económicas en el catastro. Se trata de una obligación de carácter económico, ya que con base en la riqueza y la actividad productiva es que se contribuye al sostenimiento de la comunidad mediante el pago de impuestos. Se trata de una obligación que no es exclusiva de los ciudadanos, ni siquiera de los mexicanos, pues todos los residentes tienen la obligación de aportar económicamente de acuerdo con lo que señalen las leyes fiscales, obligación en la que se incluye también a los extranjeros, cuando residen en el país.

En la misma fracción primera se incluye la obligación de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos. Originalmente la Constitución hacía referencia en este artículo a la obligación de inscribirse en las listas o padrón electorales, para estar en aptitud de ejercer el derecho al voto; sin embargo, en 1989 se realizó la reforma que transformó el concepto de listas o padrón electoral en Regis-tro Nacional de Ciudadanos, que como institución tiene un alcance mucho mayor, ya que, como señala el mismo artículo, correspondería a esta institución expedir el documento que acredite a todos los ciudadanos mexicanos con esa calidad, documento que en otros países se conoce como carnet de identidad. No obstante lo señalado, hasta el día de hoy no se ha constituido el Registro Nacional Ciudadano, y lo que opera es el Registro Federal Electoral, dependiente del Instituto Federal Electoral (ife), que, en términos de lo dispuesto por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, elabora las listas de electores o padrón electoral y expide la credencial

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de elector, que en la práctica opera como identificación que acredita la calidad de ciudadano.

La...

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