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- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
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- Capítulo I. De las Garantías Individuales
Artículo 25. Rectoría del desarrollo nacional
Autor | Dora María Sierra Madero |
Páginas | 96-99 |
Page 97
El contenido de este artículo es:
1) La rectoría económica del Estado para garantizar que el desarrollo económico del país sea integral.
2) La responsabilidad del Estado en la conducción de la economía nacional.
3) Participación estatal en las áreas estratégicas y prioritarias.
Este artículo garantiza que el desarrollo económico del país sea integral y que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen demo-crático para permitir el ejercicio pleno de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege la Constitución.
Que sea integral indica, por una parte, que abarque aspectos no sólo económicos sino también sociales y culturales; y, por otra parte, que debe entenderse este concepto como una totalidad, pues el desarrollo debe alcanzar a todas las clases sociales, así como al sector público —el gobierno— y al sector privado —los particulares. La soberanía nacional es la voluntad libre del pueblo para elegir la forma de gobierno que considere más conveniente. La democracia es el régimen de gobierno por el que el pueblo participa en las decisiones de gobierno, por medio de sus representantes. La Constitución, en sus artículos 39, 40 y 41, define la forma de gobierno del Estado mexicano y la soberanía.
La Constitución establece que el desarrollo económico se logrará mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo, así como de una justa distribución del ingreso y la riqueza. De igual modo, se establece un sistema de economía mixta en el cual la rectoría económica corresponde al Estado y las actividades económicas y productivas se realizan con la concurrencia de los sectores público, social y privado. Significa que la responsabilidad del desarrollo económico ya no sólo recae en el gobierno, sino también en los sectores social y privado.
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Por sector público debemos entender los órganos del Estado, en particular el Congreso de la Unión como órgano legislador y el Poder Ejecutivo, que realizan estas tareas a través de las dependencias y organismos de la administración pública federal.
El sector social está conformado por todas aquellas agrupaciones de carácter social como son ejidos, cooperativas, empresas cuyos medios de producción están en manos de los trabajadores, etcétera.
El sector privado corresponde a la iniciativa privada, es decir, a los particulares que son propietarios de diversas empresas que realizan actividades productivas.
Un sistema de economía mixta se...
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- Capítulo I. De las garantías individuales
- Artículo 1. Igualdad de derechos y prohibición de la esclavitud y de la discriminación
- Artículo 2. Derechos de los pueblos indígenas
- Artículo 3. Derecho a la educación
- Artículo 4. Igualdad entre sexos, derechos a la salud, medio ambiente, vivienda y de los niños
- Artículo 5. Libertad de trabajo, títulos profesionales, prohibición de trabajos obligatorios, servicios públicos obligatorios y límites a la libertad contractual
- Artículo 6. Libertad de expresión y derecho a la información
- Artículo 7. Libertad de imprenta
- Artículo 8. Derecho de petición
- Artículo 9. Derecho de asociación
- Artículo 10. Derecho a la posesión de armas
- Artículo 11. Derecho al libre tránsito
- Artículo 12. Prohibición de títulos nobiliarios
- Artículo 13. Prohibición de leyes privativas y tribunales especiales
- Artículo 14. Irretroactividad de la ley, garantía de audiencia, principio de legalidad en materia penal y civil
- Artículo 15. Tratados de extradición
- Artículo 16. Obligatoriedad para que las autoridades funden y motiven sus decisiones, requisitos de la orden de aprehensión, requisitos de los cateos e inviolabilidad de la correspondencia y del domicilio
- Artículo 17. Prohibición de la autotutela, acceso a la justicia e independencia judicial
- Artículo 18. Prisión preventiva, readaptación social, menores infractores y cooperación penitenciaria
- Artículo 19. Auto de formal prisión, acumulación procesal y prohibición de malos tratos
- Artículo 20. Derechos del inculpado y de la víctima
- Artículo 21. Monopolio de la acción penal, límite de multas, impugnación de las resoluciones del Ministerio Público
- Artículo 22. Prohibición de penas inusitadas y trascendentales
- Artículo 23. Non bis in ídem / Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito
- Artículo 24. Libertad religiosa
- Artículo 25. Rectoría del desarrollo nacional
- Artículo 26. Planeación del desarrollo nacional
- Artículo 27. Propiedad originaria, privada, pública y social
- Artículo 28. Prohibición de monopolios y autonomía del banco central
- Artículo 29. Suspensión de garantías
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