Artículo 23

AutorMtro. Adrián Beltrán Hernández
Páginas65-66
Carlos García
Méndez
Carlos Antonio
Vázquez Azuara
Adrián Beltrán
Hernández
65
exclusivamente para cubrir las mismas, sin que estos
trabajadores por ley no generan más derechos que los que la
duración de su contratación le otorgue.
ARTÍCULO 23.-El trabajador de base que ocupa una vacante
definitiva o una plaza de nueva creación, sólo tendrá el carácter
de definitivo después de seis meses de desempeñar el puesto,
siempre que haya aprobado los exámenes de selección. Cuando
exista objeción fundada a su capacidad si el movimiento fue por
ascenso, el trabajador se encuentra obligado a regresar a su
base dentro de los cinco días siguientes y si es de nuevo
ingreso, quedará separado sin responsabilidad para la Entidad
Pública.
ADRIÁN BELTRÁN HERNÁNDEZ
COMENTARIO
Este artículo es el más socorrido cuando se trata de demandar
en un juicio el otorgamiento de un puesto de base, lo anterior
en razón de que señala una temporalidad en la plaza reclamada
de por lo menos seis meses para que el trabajador puede
reclamar el nombramiento de base definitivo, pero para que
proceda dicho reclamo, hay que demostrar o que es una
vacante definitiva o un puesto de nueva creación, que de
entrada no son lo mismo. Por vacante definitiva se debe
entender a aquel puesto de trabajo que habiendo tenido un
titular previo, este ha dejado de tenerlo por diversas causas,
tales como jubilación, muerte, renuncia e incluso cese de los
efectos de nombramiento y que en dado caso la entidad pública
al percatarse de dicha situación hace la convocatoria respectiva,
para que en dado caso el sindicato (si lo hay), haga la propuesta
y en dado caso la Entidad Pública otorgue el nombramiento
primeramente con carácter provisional y posteriormente a los
seis meses cambiarlo a definitivo. En el caso del puesto de
nuevo creación, es derivado de la creación de una nueva área de
trabajo, departamento, dirección u otra, dentro de la entidad
pública y se seguirá el mismo procedimiento: nombramiento
provisional por seis meses y posteriormente la base definitiva.
En la última parte del precepto, nos menciona que si se

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR