El artículo 136 constitucional, interpretación y alcances. Las autoridades de hecho o gobiernos de facto (Segunda parte)

AutorElisur Arteaga Nava
CargoProfesor-Investigador del Departamento de Derecho, UAM-Azcapotzalco
Páginas7-37
7
Doctrina
Resumen:
En el presente trabajo, se analizarán las causas que propician el surgimiento de las
autoridades de hecho; la naturaleza y especies de autoridades de hecho; los casos en
que las autoridades legítimas actúan como autoridades de hecho; los efectos que se
han dado a los actos emanados de autoridades de hecho; la inexistencia y la anulabi-
lidad de los actos que realizan las autoridades de hecho, así como las responsabilida-
des en que incurren quienes actúan como autoridades de hecho.
Abstract:
In the present work, will be analyzed the causes that propitiate the emergence of de
facto authorities; the nature and species of de facto authorities; the cases in which
the legitimate authorities act as de facto authorities; the effects that have been given
to the acts emanating from de facto authorities; the non-existence and nullity of the
acts carried out by de facto authorities, as well as the responsibilities incurred by
those who act as de facto authorities.
* Profesor-Investigador del Departamento de Derecho, UAM-Azcapotzalco.
El artículo 136 constitucional,
interpretación y alcances.
Las autoridades de hecho o gobiernos de facto
(Segunda parte)
Elisur Arteaga Nava*
8 alegatos, núm. 101, México, enero/abril de 2019
I. Algunas características comunes de las autoridades de hecho
Con algunas variantes y grados, las autoridades de hecho tienen en común las
siguientes características:
Se trata de un grupo numeroso de personas y nunca de alguien en lo indi-
vidual; dados el crecido número de habitantes, lo dilatado del territorio nacio-
nal, la complejidad y fraccionamiento de la autoridad que deriva del sistema
federal y municipal, es imposible que una persona o que un grupo reducido
de personas, sean capaces de deponer a las autoridades en ejercicio y asumir
parcial o totalmente sus funciones.
Surgen y actúan al margen de la ley o en contra de lo mandado por ella.
El elemento ilegalidad se presenta desde su origen. El cuartelazo encabezado
por Victoriano Huerta en 1913, ilegal en su origen, a pesar de los crímenes en
que incurrió, entre otros de los que fueron víctimas el presidente y vicepresi-
dente de la república, derivó en su ascenso formalmente legítimo a la presi-
Sumar io: I. Alg unas características comunes de las autor idades de hecho / II. Causas
que propician el surgimiento de las autoridades de hecho / III. Algunas formas en
que se maniestan las autoridades de hecho / IV. Razones que explican la existencia
de una forma especial de autoridades de hecho / V. Diferentes formas en que se
maniestan las autoridades de hecho / VI. Elementos que determinan la naturaleza
y alcance de las autoridades de hecho / VII. Responsabilidad en que incurren las
autoridades de hecho / VIII. Inexistencia y anulabilidad de los actos emanados de
las autoridades de hecho / IX. Autoridades compete ntes para conocer de la anulación
de los actos de autoridades de hecho / X. Actos realizados por autoridades de hecho
y su incidencia en la actuación de las autoridades legítimamente constituidas / XI.
La forma en que las autoridades legalmente constituidas han tratado a quienes se
comportan como autoridades de hecho y sus cómplices / XII. Actos realizados por
una autoridad formalmente legítima que fueron declarados nulos / XIII. Casos en
que las autoridades de hecho derivadas de una revolución, rebelión o golpe militar
triunfaron, asumieron el poder formal, impusieron nueva normatividad, modicaron
la existente o inuyeron en el ejercicio de la autoridad / XIV. Casos especícos /
Fuentes de consulta

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