Artículo 11. Otorgamiento de anticipo a MiPyMEs

AutorFernado Gómez de Lara
Páginas194-194

Page 194

Otorgamiento de anticipo a MiPyMEs

Artículo 11.- El porcentaje del anticipo a otorgar a las MiPyMEs, en el supuesto a que hace referencia el segundo párrafo del artículo 13 de la Ley, deberá ser previsto por la dependencia o entidad en la convocatoria a la licitación pública, en la invitación a cuando menos tres personas o en la solicitud de cotización, para lo cual atenderán, entre otros factores, al monto de la contratación, al costo financiero del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR