Artículo 103

AutorAlan Iván Torres Hinojosa
Cargo del AutorLicenciado en Derecho por la Universidad Anáhuac, Campus Xalapa
Páginas574-576
Carlos Antonio
Vázquez Azuara
Carlos
García Méndez
José Lorenzo
Álvarez Montero
574
Artículo 103. Los Tribunales de la Federación resolverán toda
controversia que se suscite
I. Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen
los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su
protección por esta Constitución, así como por los tratados internacionales
de los que el Estado Mexicano sea parte;
II. Por normas generales o actos de la autoridad federal que vulneren
o restrinjan la soberanía de los Estados o la autonomía de la Ciudad de
México, y
Fracción reformada DOF 29-01-2016
III. Por normas generales o actos de las autoridades de las entidades
federativas que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal.
Fracción reformada DOF 29-01-2016
Artículo reformado DOF 31-12-1994, 06-06-2011
ALAN IVÁN TORRES HINOJOSA
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COMENTARIO
Este artículo norma al juicio de amparo por cuanto a la competencia y
procedencia. A su vez es la materialización del derecho humano a un
recurso judicial efectivo consagrado en el artículo 25.1 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1 de esta
El derecho humano a un recurso efectivo consagrado en el artículo 25.1 en
comento, apunta a que el Estado debe proveer un mecanismo jurisdiccional
ante el cual, lo gobernados puedan acudir contra actos de autoridad que
violen sus derechos fundamentales. Es importante destacar el significado
del vocablo “recurso”, ya que no es empleado en el contexto jurídico
nacional en tanto un recurso es aquel que confirma, revoca o modifica una
determinación judicial, sino debe entenderse en su contexto
interamericano, el cual hace referencia en sentido amplio a un
procedimiento jurisdiccional (recurso, juicio contencioso o similares).
178
Licenciado en Derecho por la Universidad Anáhuac, Campus Xalapa 2008-2013, Pasante
a Maestro en Derechos Humanos y Juicio de Amparo, 2013-2015, Oficia Administrativo en
el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito 2013-actual.

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