Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona el artículo 153-T de la Ley Federal del Trabajo, para incluir la obligatoriedad de las entidades instructoras a expedir las constancias respectivas de capacitación a favor de los trabajadores solicitantes., de 22 de Mayo de 2013

Que reforma y adiciona el artículo 153-T de la Ley Federal del Trabajo, recibida del diputado José Arturo López Candido, del Grupo Parlamentario del PT, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 22 de mayo de 2013

El suscrito, José Arturo López Cándido, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo que se dispone en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía, la iniciativa de ley con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

La capacitación o adiestramiento es un derecho de los trabajadores para hacer un mejor trabajo de manera que se vayan profesionalizando conforme a las necesidades que requiere su área laboral, esto debe llevarse a cabo conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo; donde no necesariamente debe ser en el área de ubicación sino tener la oportunidad de obtener capacitación de otra área.

De esa manera al formar parte de los programas de capacitación, debe ser obligatorio que el patrón otorgue a sus trabajadores el documento que avale la capacitación, de tal manera que aunque no se les contrate nuevamente en la empresa o dependencia donde obtuvieron la capacitación, tengan el aval o sustento de que están capacitados para esa área o para cubrir esas funciones siendo importante tanto para la empresa, dependencia, etcétera, como para los trabajadores.

La actual Ley Federal del Trabajo en el capítulo referente a las capacitaciones que los patrones tienen la obligación de proporcionar a todos los trabajadores, y éstos a recibir, la capacitación o el adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida, su competencia laboral y su productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo, por el patrón y el sindicato o la mayoría de sus trabajadores dentro de la misma empresa o fuera de ella, por conducto de personal propio, o externo, contratados por la misma empresa preparar a los trabajadores de nueva contratación y a los demás interesados en ocupar las vacantes o puestos de nueva creación.

Por lo antes expuesto, sometemos a su consideración la siguiente iniciativa de ley con proyecto de Decreto...

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