Arreglo de Niza Relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas

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DECRETO PROMULGATORIO DEL ARREGLO DE NIZA
RELATIVO A LA CLASIFICACION INTERNACIONAL
DE PRODUCTOS Y SERVICIOS PARA EL REGISTRO
DE LAS MARCAS DEL QUINCE DE JUNIO DE MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE, REVISADO EN
ESTOCOLMO EL CATORCE DE JULIO DE MIL NOVE-
CIENTOS SESENTA Y SIETE Y EN GINEBRA EL TRECE
DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE
Y MODIFICADO EL VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DE
MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE
Publicado en el D.O.F. del 10 de abril de 2001
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexica-
nos. Presidencia de la República.
VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICA-
NOS, a sus habitantes, sabed:
El quince de junio de mil novecientos cincuenta y siete, se adoptó el Arreglo de
Niza Relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Re-
gistro de las Marcas, revisado en Estocolmo el catorce de julio de mil novecientos
sesenta y siete y en Ginebra el trece de mayo de mil novecientos setenta y siete y
modificado el veintiocho de septiembre de mil novecientos setenta y nueve, cuyo
texto en español consta en la copia certificada adjunta.
El Arreglo mencionado fue aprobado por la Cámara de Senadores del Ho-
norable Congreso de la Unión, el veintisiete de abril de dos mil, según decreto
publicado en el Diario Oficial de la Federación del veintinueve de septiembre del
propio año.
El instrumento de adhesión, firmado por el Titular del Ejecutivo Federal el dos
de octubre de dos mil, fue depositado ante el Director General de la Organización
Mundial de la Propiedad Intelectual, el veintiuno de diciembre del propio año, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Arreglo de Niza Relativo a la Clasi-
ficación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas.
Por lo tanto, para su debida observancia, en cumplimiento de lo dispuesto en la
fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexica-
nos, promulgo el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en
la Ciudad de México, Distrito Federal, el seis de marzo de dos mil uno. Vicente Fox
Quesada. Rúbrica. El Secretario del Despacho de Relaciones Exteriores, Jorge
Castañeda Gutman. Rúbrica.
JUAN MANUEL GOMEZ ROBLEDO, CONSULTOR JURIDICO DE LA SECRE-
TARIA DE RELACIONES EXTERIORES,
CERTIFICA:
Que en los archivos de esta Secretaría obra copia certificada del Arreglo de Ni-
za Relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro
de las Marcas del quince de junio de mil novecientos cincuenta y siete, revisado
en Estocolmo el catorce de julio de mil novecientos sesenta y siete y en Ginebra el
trece de mayo de mil novecientos setenta y siete y modificado el veintiocho de sep-
tiembre de mil novecientos setenta y nueve, cuyo texto en español es el siguiente:
ARREGLO DE NIZA
XVI

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