Áreas especializadas

AutorEloy David Guevara Rojas - Salvador Castillo Prieto - Susana Mendoza Nigenda - Carmen Karina Tapia Iturriaga -
Páginas291-353
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Esta norma la utiliza el auditor para obtener evidencia suficiente y adecuada cuando la entidad au-
ditada utiliza los servicios de otra organización para identificar, valorar y dar respuesta a los posibles
riesgos de error material que afecten a los estados financieros, para lo cual debe:
Requerimientos
Obtención de conocimientos de los servicios prestados
Al hacer esto, el auditor del cliente necesitaría considerar lo siguiente, según sea apropiado:
Naturaleza de los servicios prestados por la organización de servicio.
Términos del contrato y relación entre el cliente y la organización de servicio.
Las aseveraciones de importancia relativa de los estados financieros que son afectadas por
el uso de la organización de servicio.
Riesgo inherente asociado con dichas aseveraciones.
Grado al cual interactúan los sistemas de contabilidad y de control interno del cliente con
los sistemas de la organización de servicio.
NIA 402, Consideraciones de auditoría relativas a una
entidad que utiliza una organización de servicios
Diseñar y aplicar procedimientos de auditoría
para responder a dichos riesgos.
Obtener conocimiento suficiente de la naturaleza y signifactividad de los servicios
prestados por la organización y de su efecto en los controles internos de la entidad
usuaria relevantes para la auditoría, para identificar y valorar los riesgos de error material.
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Fundamentos de auditoría
Controles internos del cliente que son aplicados a las transacciones procesadas por la
organización de servicio.
Capacidad y fuerza financiera de la organización de servicio, incluyendo el posible efecto de
la falta de servicio de la organización de servicio sobre el cliente.
Información sobre la organización de servicio, como la que se refleja en los manuales técnicos
y de usuario.
Si el auditor de la entidad usuaria no puede obtener conocimiento suficiente por medio de ésta,
obtendrá dicho conocimiento mediante uno o más de los siguientes procedimientos:
Para determinar si la evidencia de auditoría proporcionada por un informe tipo 1 o 2 es suficiente y
adecuada, el auditor de la entidad usuaria deberá satisfacerse de:
a) la competencia profesional del auditor de la entidad prestadora del servicio y de su indepen-
dencia con respecto a la organización de servicio, y
b) la adecuación de las normas conforme a las cuales se emitió el informe tipo 1 o 2.
Respuestas a los riesgos valorados de error material
Con el fin de responder a los riesgos valorados de error, de conformidad con la NIA 330, el auditor
de la entidad usuaria:
Obteniendo un informe
tipo 1 o tipo 2, si lo
hubiera.
Tipo 1: informe sobre la descripción y el diseño de
controles en una organización de servicios.
Tipo 2: informe sobre la descripción, diseño y
efectividad operativas de controles.
Utilización de un informe tipo 1 o tipo 2 para ayudar
al auditor de la entidad usuaria a obtener
conocimiento de la organización de servicios.
Contactando con la organización
de servicios vía entidad usuaria
para obtener información
específica.
Recurriendo a otro auditor, quien
aplicará procedimientos que
proporcionen información necesaria
sobre los controles relevantes de la
organización de servicios.
Visitando la organización de servicios y
aplicando procedimientos que proporcionen
la información necesaria sobre los controles
relevantes de la organización de servicios.
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Determinará si los registros
mantenidos en la entidad usuaria
proporcionan evidencia de
auditoría suf‌iciente y adecuada
con respecto a las af‌irmaciones
relevantes incluidas en los estados
f‌inancieros.
Aplicará procedimientos de auditoría
posteriores para obtener evidencia de
auditoría suf‌iciente y adecuada o recurrirá
a otro auditor, con el f‌in de que aplique
dichos procedimientos en la organización
de servicios por cuenta del auditor de la
entidad usuaria.
Áreas especializadas
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Informes tipo 1 y 2 que excluyen los servicios de una
organización de servicios subcontratada
Si el auditor de la entidad usuaria prevé utilizar un informe tipo 1 o 2 que excluye los servicios
prestados por una organización de servicios subcontratada, y dichos servicios son relevantes para
la auditoría de estados financieros de la entidad usuaria, el auditor de la misma aplicará los reque-
rimientos de la presente NIA con respecto a los servicios prestados por la organización de servicios
subcontratada.
Fraude, incumplimiento de las disposiciones legales
y reglamentarias, y errores no corregidos en relación
con las actividades de la organización de servicios
El auditor de la entidad usuaria indagará ante la Administración de ésta sobre si la organización de
servicios le ha informado, o si la entidad usuaria tiene conocimiento por alguna otra vía, de cualquier
fraude, incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, o errores no corregidos que
afecten a sus estados financieros. El auditor de la entidad evaluará el modo en que dichas situacio-
nes afectan a la naturaleza, el momento de realización y la extensión de los procedimientos de audi-
toría posteriores que deba aplicar, incluido el efecto en sus conclusiones y su informe de auditoría.
Informe del auditor de la entidad usuaria
El auditor de la entidad usuaria expresará una opinión modificada en su informe de auditoría, de
conformidad con la NIA 705, si no puede obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada con
respecto a los servicios prestados por una organización de servicios que sean relevantes para la au-
ditoría de estados financieros de la entidad usuaria.
Cuando exprese una opinión no modificada, el auditor de la entidad usuaria, en su informe de audi-
toría, no se referirá al trabajo del auditor de la entidad prestadora del servicio, salvo que lo requieran
las disposiciones legales o reglamentarias. Si éstas requieren dicha mención, el informe de auditoría
relativo a la entidad usuaria indicará que esta mención no reduce la responsabilidad del auditor de
la entidad usuaria en relación con la opinión de auditoría.
Si la referencia al trabajo del auditor de la entidad prestadora del servicio en el informe de auditoría
relativo a la entidad usuaria es relevante para entender la opinión modificada del auditor de la enti-
dad usuaria, se indicará que dicha mención no reduce la responsabilidad del auditor de la entidad
usuaria en relación con su opinión.
Una empresa a la cual se le está haciendo la auditoría de sus estados financieros tiene contratado el
servicio de outsourcing de nómina de todo el personal operativo y administrativo, para lo cual el equi-
po de auditoría considera un riesgo alto, por el importe que representa en sus costos y gastos.
Ejemplo:

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