Decreto No. 395 por El que Se Aprueba la Ley de Ingresos del Municipio de Villa de álvarez, para El Ejercicio Fiscal 2012

DEL GOBIERNO DEL ESTADO

PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 395

POR EL QUE SE APRUEBA LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE VILLA DE ÁLVAREZ, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN III Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.-

El H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez, con oficio PE 255/2011 del 28 de octubre de 2011, remitió a esta Soberanía la Iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Villa de Álvarez para el Ejercicio Fiscal 2012. Aprobada en sesión extraordinaria, del 28 de octubre de 2011, por el H. Cabildo Municipal, acta número 64. Todo esto en cumplimiento a las disposiciones de los artículos 37, fracción IV y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; correlativo con el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO.-

El H. Congreso, con oficio 2804/2011, del 04 de noviembre del 2011, turnó la iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Villa de Álvarez para el Ejercicio Fiscal 2012, a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos. Esto para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

TERCERO.- La iniciativa materia de este dictamen, en la exposición de motivos que la sustenta, en lo conducente al tema en estudio, señala lo siguiente: "SEGUNDO.

Que como consecuencia de dichos cambios, la Ley de Ingresos del Municipio debe constituir propiamente un Presupuesto de Ingresos, en el que se señale las fuentes que financiarán el gasto público de un ejercicio y los montos esperados para cada uno de ellos.

El esquema de la Ley de Ingresos, que se somete a la consideración de esa Soberanía es, además, una exigencia de las más recientes reformas aprobadas por ese H. Congreso del Estado para materializar las consecuencias de las últimas modificaciones al artículo 115 Constitucional.

TERCERO.

Que la propuesta de Ley de Ingresos para el Municipio de Villa de Álvarez para el ejercicio 2012, se basa en el comportamiento de los ingresos propios durante el ejercicio 2011 y en montos estimados que la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado entregó al Municipio para las participaciones y aportaciones federales.

CUARTO.

Que en la estimación de los montos de ingresos a que se refiere la presente iniciativa, se utilizaron los criterios siguientes:

  1. En materia de ingresos propios, que se constituyen de los Impuestos, Derechos, Productos y Aprovechamientos Municipales, se determinó considerar como base la recaudación real correspondiente al periodo comprendido del mes de enero al mes de septiembre del ejercicio 2011, estimando el comportamiento de los meses de octubre, noviembre y diciembre. Es prudente señalar que se eliminaron de ese cálculo algunos ingresos que previsiblemente ya no se recibirán en lo futuro por haberse presentado con motivo de transacciones o inversiones de la iniciativa privada que no se repetirán. Además, en el rubro de los Aprovechamientos no se tomaron en cuenta aquellos ingresos que tuvieron su origen en convenios de colaboración o conversión con dependencias tanto federales y estatales.

  2. En el ámbito de los ingresos federales, se optó por presupuestar el comportamiento de los ingresos con base en las estimaciones de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado." CUARTO.- La Ley de Ingresos del Ejercicio Fiscal 2012 para el Municipio de Villa de Álvarez, tiene por objeto establecer los recursos financieros que ingresarán, en ese año, a la hacienda pública municipal, por los conceptos de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones, aportaciones, recursos transferidos, recursos convenidos e ingresos extraordinarios. La Ley de Coordinación Fiscal, Ley de Hacienda Municipal y el Código Fiscal Municipal, regulan estos ingresos y determinan los elementos constitutivos de las contribuciones, objeto, sujeto, base, cuota, tarifa, exenciones, fecha y lugar de pago, descuentos, así como los medios coercitivos de la autoridad municipal y los medios de defensa de los contribuyentes.

De ser aprobado el dictamen que contiene la presente ley de ingresos entrará en vigor a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2012; prorrogándose su vigencia, sólo en los casos previstos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y en la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima.

QUINTO.-

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 31 fracción IV dispone: «Son obligaciones de los mexicanos: Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera...

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