Decreto No. 394 por El que Se Aprueba la Ley de Ingresos del Municipio de Minatitlán, para El Ejercicio Fiscal 2012

DEL GOBIERNO DEL ESTADO

PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 394

POR EL QUE SE APRUEBA LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE MINATITLÁN, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN III Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.-

El H. Ayuntamiento de Minatitlán, con oficio PM-0113/2011, del 27 de octubre de 2011, remitió a esta Soberanía la Iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Minatitlán para el Ejercicio Fiscal 2012. Aprobada sesión extraordinaria, del 27 de octubre de 2011, por el H. Cabildo Municipal, acta número 17. Todo esto en cumplimiento a las disposiciones de los artículos 37, fracción IV y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; correlativo con el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO.-

El H. Congreso con oficio 2804/2011 del 04 de noviembre del 2011, turnó la iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Minatitlán para el Ejercicio Fiscal 2012, a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos. Esto para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.

TERCERO.- La iniciativa, materia de este dictamen, en la exposición de motivos que la sustenta, en lo conducente al tema en estudio, señala lo siguiente: "PRIMERO.

Que el día miércoles 26 de octubre del año en curso, en reunión de trabajo celebrada en el cabildo municipal, el Tesorero Municipal informó a esta Comisión sobre los pormenores del ANTEPROYECTO DE LEY DE INGRESOS PARA EL MUNICIPIO DE MINATITLÁN, COLIMA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012;

SEGUNDO.

Que en dicho documento se establecen seis grandes rubros de ingresos para el próximo ejercicio fiscal, siendo los siguientes: de Ingresos provenientes de Impuestos, Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social, Contribuciones de Mejoras, Derechos, Productos de Tipo Corriente, Aprovechamientos de Tipo Corriente, Participaciones Federales y Aportaciones Federales, sumando un total de

$60, 517,324.96 (SESENTA MILLONES, QUINIENTOS DIESICIETE MIL, TRESCIENTOS VEINTICUATRO PESOS 96/100 M.N);

TERCERO.

Que esta Comisión inquirió durante esa reunión de trabajo al Tesorero Municipal sobre los criterios, bases y políticas fiscales que dan marco a su anteproyecto de iniciativa de ley, habiendo recibido del funcionario municipal las respuestas adecuadas, resaltando lo siguiente:

  1. En términos generales, la propuesta toma como base el comportamiento real de los ingresos propios más un 3.5 % de incremento, considerando la expectativa de incremento en el salario mínimo general;

  2. Las participaciones y las aportaciones federales se calculan con la última información entregada por el Instituto Técnico Hacendario del Estado de Colima, cifras que en alguna medida reflejan ya un panorama conservador ante el incierto panorama de una crisis económica mundial.

CUARTO.

Que en los términos del Artículo 13, Fracción II de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Municipal, esta Comisión es competente para dictaminar sobre los anteproyectos de leyes de ingresos del municipio; y...»

QUINTA.

Que el H. Cabildo, en los términos del Artículo 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y del Artículo 45, Fracción IV, inciso c), de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, está facultado para autorizar y remitir al H. Congreso del Estado la Iniciativa de Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2012;

CUARTO.- La ley de ingresos, del ejercicio fiscal 2012 para el Municipio de Minatitlán, tiene por objeto establecer los recursos financieros que ingresarán en el año, a la hacienda pública municipal, por conceptos de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones, aportaciones, recursos transferidos, recursos convenidos, e ingresos extraordinarios. La Ley de Coordinación Fiscal, Ley de Hacienda Municipal y el Código Fiscal Municipal, regulan estos ingresos y determinan los elementos constitutivos de las contribuciones, objeto, sujeto, base, cuota, tarifa, exenciones fecha y lugar de pago, las exenciones, descuentos, así como los medios coercitivos de la autoridad municipal y los medios de defensa de los contribuyentes.

De ser aprobado el dictamen que contiene la presente ley de ingresos entrará en vigor a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre del año 2012; prorrogándose su vigencia, sólo en los casos previstos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y en la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima.

QUINTO.-

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 31 fracción IV dispone: «Son obligaciones de los mexicanos: Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes»; obligación correlativa para los habitantes de este Estado de Colima en lo previsto...

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