¿Las aportaciones de capital a una sociedad anónima que aún no han sido pagadas, deben adicionarse al saldo de la Cuca?

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¿Las aportaciones de capital
a una sociedad anónima que
aún no han sido pagadas,
deben adicionarse al saldo de
la Cuca?
Trabajo como contador de una
persona moral del régimen
general de la Ley del ISR que fue
constituida en febrero pasado
como una sociedad anónima
de capital variable. El capital fijo
de la sociedad se suscribió por
$100,000, pero de este monto
sólo se pagaron $50,000 en
febrero, y se pretende liquidar
el resto del capital en agosto
de este año. Para efectos de la
Cuca, tengo duda si las apor-
taciones de capital que aún no
han sido pagadas deben con-
siderarse para la constitución
de la cuenta, es decir, si los
$100,000 del capital suscrito en
el acta constitutiva deben formar
parte de la Cuca a partir de
febrero de 2019.
Lector de Ciudad de México
¿Las aportaciones de capital a
una sociedad anónima que aún
no han sido pagadas, deben
adicionarse al saldo de la Cuca?
netas por suscripción de accio-
nes efectuadas por los socios o
accionistas, y se disminuirá con
las reducciones de capital que se
efectúen. Para los efectos de este
párrafo, no se incluirá como ca-
pital de aportación el correspon-
diente a la reinversión o capitaliza-
ción de utilidades o de cualquier
otro concepto que conforme el
capital contable de la persona
moral ni el proveniente de reinver-
siones de dividendos o utilidades
en aumento de capital de las
personas que los distribuyan rea-
lizadas dentro de los treinta días
siguientes a su distribución. Los
conceptos correspondientes a
aumentos de capital menciona-
dos en este párrafo, se adicio-
narán a la cuenta de capital de
aportación en el momento en el
que se paguen y los conceptos
relativos a reducciones de capital
se disminuirán de la citada cuenta
en el momento en el que se pague
el reembolso.
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Conforme a lo anterior, para de-
terminar el capital de aportación
No, por lo siguiente:
El artículo 78, párrafo décimo
primero, de la Ley del ISR dispo-
ne lo siguiente (énfasis añadido):
78. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Para determinar el capital de
aportación actualizado, las
personas morales llevarán una
cuenta de capital de aportación
que se adicionará con las apor-
taciones de capital, las primas
A76
2a. quincena
marzo 2019
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FISCAL
Taller fiscal 868- 3a parte.indd 76 04/03/19 14:37

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