¿Aplica el seguro de daños de los créditos de vivienda del Infonavit en el supuesto de afectación por terremoto y, en su caso, qué requisitos se deben cumplir?

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¿Aplica el seguro de daños
de los créditos de vivienda
del Infonavit en el supuesto
de afectación por terremoto y,
en su caso, qué requisitos se
deben cumplir?
Soy encargada del área de
recursos humanos en una
empacadora de alimentos. En
días pasados, una de las traba-
jadoras que tiene un crédito de
amortización del Infonavit me
preguntó acerca del seguro de
daños para todas las viviendas
que son garantía de un crédito
Infonavit, debido a que su casa
sufrió afectaciones por el terre-
moto ocurrido en junio pasado
y desea saber si puede hacer
uso de este seguro; sin embar-
go, desconozco qué se puede
hacer.
Lectora de Ciudad de México
¿Aplica el seguro de daños de los
créditos de vivienda del Infonavit en
el supuesto de afectación por terre-
moto y, en su caso, qué requisitos
se deben cumplir?
fecha del siniestro; en caso contra-
rio, para aplicar el seguro primero
se deberá firmar un convenio de
regularización de pagos en el área
de cartera de las oficinas del Infona-
vit de la localidad correspondiente al
domicilio del inmueble.
En este sentido, los riesgos cubiertos
por el seguro de daños de los crédi-
tos de vivienda son los siguientes:
1. Incendio.
2. Terremoto.
3. Erupción volcánica.
4. Desplazamiento de terreno
(siempre que se presente de
manera súbita e prevista).
5. Inundación.
6. Explosión.
7. Huracán
8. Ciclón.
9. Granizo y/o nieve.
Sí, por lo siguiente:
De acuerdo con la regla vigésima
de las “Reglas para el Otorgamien-
to de Créditos a los Trabajadores
Derechohabientes del Instituto del
Fondo Nacional de la Vivienda para
los Trabajadores” publicadas en
el DOF el 4 de mayo de 2020 y la
página de Internet del Infonavit, el
seguro de daños es el programa de
aseguramiento que consiste en otor-
gar un seguro a todas las viviendas
que son garantía de crédito Infona-
vit, mismo que permanece vigente
durante la vida del crédito, y que se
puede ejercer mientras el trabajador
esté al corriente en sus pagos a la
Consultas de
nuestros lectores
SEGURIDAD
SOCIAL
C19
2a. quincena
julio 2020

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