Anexo Técnico de Ejecución Específico que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Colima, con el objeto de conjuntar esfuerzos y recursos para la operación de los Componentes Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva; Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua, y Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales del Programa de Apoyos a Pequeños Productores para el ejercicio presupuestal 2018.

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EmisorSecretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

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ANEXO Técnico de Ejecución Específico que celebran la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y el Estado de Colima, con el objeto de conjuntar esfuerzos y recursos para la operación de los Componentes Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva; Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua, y Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales del Programa de Apoyos a Pequeños Productores para el ejercicio presupuestal 2018.

ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO DE LOS COMPONENTES DEL PROGRAMA DE APOYO A PEQUEÑOS PRODUCTORES PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018 DEL ESTADO DE COLIMA.

ANEXO TÉCNICO DE EJECUCIÓN ESPECÍFICO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, EN LO SUBSECUENTE LA "SAGARPA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. CARLOS SALAZAR PRECIADO, TITULAR DE LA DELEGACIÓN EN EL ESTADO DE COLIMA, EN ADELANTE REFERIDO COMO LA "DELEGACIÓN"; Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE COLIMA, EN ADELANTE EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL C.P. CARLOS ARTURO NORIEGA GARCÍA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL ESTADO DE COLIMA, Y POR EL ING. JOSÉ DE JESÚS PLASCENCIA HERRERA, EN SU CARÁCTER DE ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL DEL ESTADO DE COLIMA. A TODOS LOS ANTES REFERIDOS, DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO LAS "PARTES"; CON EL OBJETO DE CONJUNTAR ESFUERZOS Y RECURSOS PARA LA OPERACIÓN DE LOS COMPONENTES DE: EXTENSIONISMO, DESARROLLO DE CAPACIDADES Y ASOCIATIVIDAD PRODUCTIVA; INFRAESTRUCTURA PRODUCTIVA PARA EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE SUELO Y AGUA Y PROYECTO DE SEGURIDAD ALIMENTARIA PARA ZONAS RURALES, TODOS DEL PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES DE LA "SAGARPA" PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2018, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Que con fecha 25 de febrero del año 2015, las "PARTES" celebraron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable 2015-2018, en lo sucesivo identificado como el "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", cuyo objeto consiste en establecer las bases de coordinación y cooperación entre las "PARTES", con el fin de llevar a cabo proyectos, estrategias y acciones conjuntas para el Desarrollo Rural Sustentable en general, así como las demás iniciativas que en materia de desarrollo agropecuario y pesquero se presenten en lo particular, para impulsar el desarrollo integral de este sector en el Estado de Colima.

  2. Que en la Cláusula Cuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", las "PARTES" acordaron que con el fin de establecer las bases de asignación y ejercicio de los apoyos previstos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, en lo sucesivo "DPEF", en las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA", en lo sucesivo las "REGLAS DE OPERACIÓN", y demás disposiciones legales aplicables que se encuentren vigentes, realizarán una aportación conjunta; por lo que toca a la aportación federal ésta se encontrará sujeta a la suficiencia presupuestal establecida en el "DPEF" del ejercicio presupuestal correspondiente; y a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" sobre la base de la suficiencia presupuestal prevista en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado del ejercicio fiscal que corresponda.

    Asimismo, en la referida Cláusula Cuarta las "PARTES" acordaron en aplicar las "REGLAS DE OPERACIÓN" que se encuentren vigentes en el ejercicio presupuestal, las que para el ejercicio 2018 son las siguientes:

    1. El Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la "SAGARPA" para el ejercicio 2018, en lo sucesivo: el "ACUERDO DE DISPOSICIONES GENERALES", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de diciembre de 2017, y

    2. El Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la "SAGARPA" para el ejercicio 2018, en lo sucesivo "REGLAS DE OPERACIÓN", publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de diciembre de 2017.

  3. Que en la Cláusula Decimonovena del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018" se establecen las materias respecto de las cuales las "PARTES" podrán conjuntar esfuerzos y en su caso, recursos,

    para lo cual suscribirán cada ejercicio fiscal el Anexo Técnico de Ejecución correspondiente.

  4. Que en apego a lo establecido en el artículo 35, del "DPEF", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2017, la "SAGARPA" destina recursos orientados a incrementar la producción, la productividad y la competitividad agroalimentaria y pesquera del país, a la generación del empleo rural y para las actividades pesqueras y acuícolas, a promover en la población campesina y de la pesca el bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional, dando prioridad a las zonas de alta y muy alta marginación y a poblaciones indígenas.

    Asimismo, se procurará fomentar el abasto de alimentos y productos básicos y estratégicos a la población, promoviendo su acceso a los grupos sociales menos favorecidos y dando prioridad a la producción nacional, a que se refiere el artículo 178 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

  5. Que en el presente Anexo Técnico de Ejecución Específico se formalizará entre la "SAGARPA" y el "GOBIERNO DEL ESTADO" la distribución de recursos del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de conformidad con lo establecido en el "Anexo 11.1. Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF" de los siguientes Componentes:

    1. Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva;

    2. Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua; y

    3. Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales,

  6. Asimismo, las Unidades Responsables en la operación de los citados Componentes son los siguientes:

    1. La Dirección General de Desarrollo de Capacidades y Extensionismo Rural, funge con el carácter de Unidad Responsable del Componente Extensionismo, Desarrollo de Capacidades y Asociatividad Productiva, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, 49, 50, 51 52, 53 y 54 de las "REGLAS DE OPERACIÓN";

    2. La Dirección General de Producción Rural Sustentable en Zonas Prioritarias, funge con el carácter de Unidad Responsable del Componente Infraestructura Productiva para el Aprovechamiento Sustentable de Suelo y Agua, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90, 91, 92, 93, 94, 95 y 96 de las "REGLAS DE OPERACIÓN", y

    3. La Dirección General de Desarrollo Territorial y Organización Rural, funge con el carácter de Unidad Responsable del Componente Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 97, 98, 99, 100, 101, 102 y 103 de las "REGLAS DE OPERACIÓN".

  7. Que en apego al "Anexo 11.1 Distribución de Recursos por Entidad Federativa" del "DPEF", se destinarán recursos para el Proyecto de Seguridad Alimentaria para Zonas Rurales, en los 24 Estados con mayor índice de marginación y pobreza del país.

    Los apoyos serán destinados a población en condición de pobreza y pobreza extrema que realicen o pretendan realizar actividades agropecuarias, acuícolas y piscícolas; siendo el caso que, para el esquema de atención mediante Agencias de Desarrollo Rural (ADR) se operará aplicando la metodología desarrollada por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).

  8. Que en las "REGLAS DE OPERACIÓN" se establecen los conceptos, requisitos, procedimientos para acceder a los incentivos y la mecánica operativa, de los Componentes materia del presente instrumento.

  9. Que en la Cláusula Decimocuarta del "CONVENIO DE COORDINACIÓN 2015-2018", cada una de las "PARTES" designó un representante para la suscripción de los Anexos Técnicos de Ejecución, siendo en este caso los siguientes:

    La "SAGARPA" designó como su representante al Titular de la Delegación en el Estado de Colima, cargo que a la presente fecha se encuentra ocupado por el C. Carlos Salazar Preciado; y

    Por su parte el "GOBIERNO DEL ESTADO", designó como su representante al Secretario de Desarrollo Rural. Sin embargo, dicho cargo se encuentra en la actualidad vacante, ocupándose de las encomiendas de dicha Secretaría de Estado el Ing. José de Jesús Plascencia Herrera, como encargado del despacho, hasta en tanto se haga designación de Secretario por el C. Gobernador Constitucional del Estado. Además, por el "GOBIERNO DEL ESTADO" comparece el C.P. Carlos Arturo Noriega García, Secretario de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado de Colima, quienes actúan de conformidad con lo establecido en los artículos 60, 61 y 66 de la Constitución Política del Estado libre y soberano de Colima; 1, 6, 7, 8, 13 fracciones II y VIII, 15, 23 fracción XXXIII y 29, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima; 5 fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Rural y 7 fracciones XII y XX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación y Finanzas, del Gobierno del Estado de Colima.

    DECLARACIONES

  10. De la "SAGARPA":

    I.1. Que el titular de la "DELEGACIÓN", el C. Carlos Salazar Preciado, se encuentra facultado para suscribir el presente Anexo Técnico de Ejecución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos: 2o., Apartado C; 17, 35, 36, y 37 fracciones I, V y VII del Reglamento Interior de la "SAGARPA", publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 25 de abril de 2012 y su Fe de Erratas publicada en el mismo medio de difusión oficial el día 16 de agosto de 2012, en concordancia con lo establecido en la Cláusula Decimocuarta...

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