Anexo IV. Convenio de modificación del contrato de trabajo

AutorRigel Bolaños Linares
Páginas122-135
EDICIONES FISCALES ISEF 122
Anexo IV. Convenio de modificación del contrato de trabajo
CONVENIO MODIFICATORIO, POR CASO FORTUITO O DE
FUERZA MAYOR NO IMPUTABLE AL PATRON, DEL CONTRA-
TO INDIVIDUAL DE TRABAJO EXCLUSIVAMENTE MIENTRAS
DUREN BROTES DEL VIRUS Y EL CONTAGIO SARS-CoV2
(COVID-19 O CORONAVIRUS)/[MIENTRAS DURE LA CRISIS
ECONOMICA], QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, __________
______________________ (DENOMINACION O RAZON SOCIAL DE
LA EMPRESA), POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL
SR. ____________________ (NOMBRE PROPIO, APELLIDO PATER-
NO Y APELLIDO MATERNO) QUIEN PARA EFECTOS DE ESTE
CONTRATO SE LE DENOMINARA SUCESIVAMENTE COMO
“DENOMINACION O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA” O “LA
EMPRESA”, INDISTINTAMENTE, ASI COMO POR OTRA, EL SR.
________________________ (NOMBRE PROPIO, APELLIDO PATER-
NO Y APELLIDO MATERNO), A QUIEN EN LO SUCESIVO PARA
EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO LEGAL SE LE DENO-
MINARA COMO “EL TRABAJADOR” O “EL EMPLEADO”. LOS
CUALES FORMALIZAN EL PRESENTE CONVENIO AL TENOR
DE LOS SIGUIENTES, ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y
CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
Las partes contratantes identificadas y acreditadas en la forma le-
gal, tuvieron en su haber la celebración de un contrato individual
de trabajo en ________ (lugar), el _______________ (día, mes y año).
El Sr._____________________ (nombre propio, apellido paterno y
apellido materno) es el representante legal de _______ (DENOMI-
NACION O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA).
DECLARACIONES
Ambas partes declaran:
a) Que se reconocen mutuamente su personalidad jurídica y que
el presente convenio se firma sin mediar dolo, error o violencia al-
guna, modificando las condiciones generales de trabajo exclusiva-
mente mientras duren los brotes y contagio del virus SARS-CoV2
(COVID-19 o coronavirus).
b) Es un hecho notorio que la Ley Federal del Trabajo estable-
ce que son causas de suspensión temporal de las relaciones
de trabajo en una empresa o establecimiento: la fuerza mayor
o el caso fortuito no imputable al patrón que produzca como
consecuencia necesaria, inmediata y directa, la suspensión de
los trabajos; la incosteabilidad, de naturaleza temporal, notoria
y manifiesta de la explotación; la falta de fondos y la imposibili-
dad de obtenerlos para la prosecución normal de los trabajos,

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