Aún analizan si multarán

AutorValeria Huérfano

La Secretaría de Movilidad decidirá y reglamentará qué harán con los alcoholizados al volante, ya que el Artículo 186 de la nueva Ley de Movilidad no es preciso.

La duda es si quienes sean sancionados con arresto administrativo también deberán pagar la sanción económica de 150 a 200 días de salario mínimo por conducir bajo los efectos del alcohol, comentó el director jurídico de Transporte Público, Óscar Mora Esquivia.

En la ley publicada el 10 de agosto se entiende que a quienes se les detecte una cantidad de entre 50 a 80 miligramos de alcohol por 100 mililitros de sangre serán sancionados con multa económica; mientras que quienes rebasen los 80 miligramos de alcohol en la sangre serían castigados con el arresto administrativo de 12 a 36 horas.

La necesidad de revisar la sanción pasa porque hay quienes consideran preferible estar detenidos algunas horas que tener que pagar la sanción económica de 9 mil 714 a 12 mil 952 pesos.

Incluso, dijo, se analiza qué hacer en caso de que la persona sancionada con la multa económica no pueda costearla.

El funcionario estatal reconoció que una alternativa que estudian reglamentar es que la primera falta pueda ser conmutada por trabajo comunitario. En caso de reincidencia descarta esa situación.

El Reglamento de la Ley de Movilidad debe ser publicado el 10 de noviembre por lo que a partir del 11 de noviembre deberán aplicarse todos los cambios, entre ellos los relacionados con la sanciones por la mezcla de alcohol y volante.

"Este es un primer ejercicio formal, legal y bien armado para prevenir el consumo de alcohol", presumió Mora Esquivia, quien...

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