Análisis de servicios públicos esenciales y servicios de interés general a la luz de la legislación española

AutorMaría Nieves Pacheco Jiménez - María del Pilar Molero Martín Salas
CargoProfesora Doctora en Derecho Civil por la Universidad de Castilla, La Mancha, España - Profesora Doctora en Derecho Constitucional por la Universidad de Castilla, La Mancha, España
Páginas187-225
Quid Iuris, Año 9, Volumen 28, marzo - mayo 2015 187
* Profesora Doctora en Derecho Civil por la Universidad de Castilla-La Mancha (España),
Máster en Consumo y Trabajo Social y Máster en Derecho Sanitario y Bioética. Realiza
contribuciones periódicas sobre materias eminentemente patrimonialistas para reconocidas
editoriales jurídicas y para el prestigioso Centro de Estudios de Consumo (CESCO) de la
Universidad de Castilla-La Mancha. Ha participado como ponente en cursos a nivel internacional
(Universidad de La Habana, Universidad de San José de Costa Rica, Pontificia Universidad
Católica Madre y Maestra de Santo Domingo, Universidad de Varsovia…) y nacional.
Actualmente, sus líneas de investigación versan sobre el Derecho de daños, el Derecho sanitario
y el Derecho de consumo, participando en proyectos competitivos del Ministerio de Ciencia e
Innovación. marianieves.pacheco@uclm.es
** Profesora Doctora en Derecho Constitucional por la Universidad de Castilla-La Mancha
(España). Doctorado con Mención Europea, autora de diversas publicaciones relativas a
Derechos Fundamentales, Justicia Constitucional y Derecho electoral, destacando entre sus
líneas de investigación: la disposición de la propia vida y salud, el rechazo al tratamiento
médico, la igualdad y la perspectiva de género. Docente de diversos Másteres y Cursos de
Posgrado, tanto en España como a nivel internacional, destacando su participación en el
Máster de Derecho Constitucional impartido en la Universidad de Baja California, México, y
en el Título de Especialista en Derechos Humanos impartido en la Comisión Nacional de
Derechos Humanos de México D.F. Ponente en numerosos foros nacionales e internacionales
(Universidad de San José de Costa Rica, Universidad de La Habana, Universidad de México…).
mariapilar.molero@uclm.es
Recibido: 27 de mayo 2014
Aceptado: 1 de junio de 2014
ANÁLISIS DE SERVICIOS PÚBLICOS
ESENCIALES Y SERVICIOS DE INTERÉS
GENERAL A LA LUZ DE LA LEGISLACIÓN
ESPAÑOLA
María Nieves Pacheco Jiménez*
María del Pilar Molero Martín-Salas**
SUMARIO: I. Contextualización; 1. Introducción; 2. El servicio público
en la Constitución Española; II. Elementos configuradores del servicio
público; III. Servicio público esencial y servicio de interés general; 1.
Diferenciación teórica; 2. Análisis de servicios públicos esenciales y de
servicios de interés general; A. Educativos y asistenciales; B.
Comunicaciones; C. Transporte; D. Otros servicios; IV. Fuentes de
consulta.
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Resumen:
A pesar de la patente crisis de la tradicional doctrina de los servicios públicos motivada por
factores propios de una sociedad globalizada y avanzada tecnológicamente, es indiscutible
que la existencia y el correcto funcionamiento de dichos servicios, en sus diversas modalidades
(educativa, asistencial, de transporte, de comunicaciones, de energía eléctrica, de
hidrocarburos, de abastecimiento de agua, etc.) constituyen una constante demanda de los
ciudadanos, con un acceso igualitario a ellos, con la debida protección como consumidores
y usuarios, y con las garantías de universalidad, continuidad y calidad. De ahí que la
administración pública, o las empresas privadas a través de técnicas concesionales, deban
satisfacer adecuadamente, y en aras de las necesidades generales básicas para el correcto
desarrollo de la sociedad, dicha demanda.
El presente trabajo hace un recorrido por la evolución histórico-jurídica de los servicios
públicos esenciales y de interés general, analizando la naturaleza y regulación de las categorías
más importantes.
Palabras clave: servicio público, servicio esencial, servicio de interés general, sociedad,
administración pública, empresa.
Abstract:
Despite the obvious crisis of traditional public services doctrine, motivated by several
factors such as the globalized and technologically advanced society, it is not debatable that
the existence and the correct operation of these services (education, healthcare, transport,
communications, electricity, hydrocarbons, water, etc.) are a citizens permanent demand,
based on equal access, an adequate protection as consumers and users, and the guarantees
of universality, continuity and quality. So, Public Administration or private companies,
using concessional techniques, must satisfy those services appropriately with the objective
of a proper development of this society.
This research focuses on historical and legal evolution of essential and general interest
public services, analyzing the nature and regulation of the most important categories.
Key words: public service, essential service, general interest service, society, Public
Administration, company.
María Nieves Pacheco Jiménez y María del Pilar Molero Martín-Salas
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I. Contextualización
1. Introducción
Con carácter general puede entenderse el servicio público como la
actividad por la que, mediante una organización ad hoc, la administración
pública realiza de forma regular y continua la prestación de una utilidad
singular a los ciudadanos, que satisface también una necesidad general
que se considera esencial para el funcionamiento de la sociedad.1 Si bien,
se trata de un concepto que no ha permanecido estático,2 sino que desde
mediados del siglo XX ha evolucionado gracias a los constantes cambios
económicos, sociales, políticos y culturales.
En lo que respecta a España, a la mencionada evolución ha contribuido la
Unión Europea, que ha dejado de lado la tradicional concepción de servicio
público para reorganizarlo en base a las ideas de concurrencia y
competencia.3 Las premisas de libertad de comercio de productos y
mercancías, la libertad de establecimiento y prestación de servicios, la
libertad de movimiento de capitales y la libertad laboral (en definitiva, la
globalización),4 han desencadenado la ruptura de monopolios comerciales
1 COSCULLUELA Montaner, L., Manual de Derecho Administrativo. Parte General, 24ª Ed.,
Civitas, 2013, p. 591.
2 Las primeras reflexiones doctrinales sobre el concepto de servicio público se encuentran en la
obra de Hauriou, que lo calificó como "fruto tardío de la civilización" y lo definió como
"servicio técnico prestado al público de forma regular y continua para la satisfacción de una
necesidad pública por una organización pública no lucrativa". HAURIOU, M., Précis de Droit
Administratif et de Droit Public, Sirey, 8ª Ed., 1914, pp. 13 y 14. Posteriormente, Duguit
definió el servicio público como "toda actividad cuyo cumplimiento debe ser asegurado, regulado
y controlado por los gobernantes, porque el cumplimiento de esta actividad es indispensable
para la realización y el desarrollo de la interdependencia social, y que es de tal naturaleza que
no puede realizarse completamente si no es por la intervención de la fuerza gubernamental".
DUGUIT, L., Traité de Droit constitutionnel, 3º Ed., Paris, 1928, tomo II, p. 4.
3 MATÉS Barco, J.M., "Empresas, sociedad y servicios públicos: del Estado prestador al Estado
regulador", en Revista Empresa y Humanismo, Navarra, 2008, volumen XI, p. 202.
4 El uso del término globalización se empieza a utilizar en los años sesenta del siglo pasado
como un prisma que reflejaba la complejidad e independencia del sistema capitalista mundial.
Resulta de interés el documento publicado por la OCDE en 1996 bajo el título Globalisation:
What Challenges and Oportunities for governments? Éste, entre otros aspectos, planteaba la
necesidad de realizar un análisis riguroso del impacto que tiene la globalización sobre las
políticas nacionales e internacionales y la recomposición de relaciones entre los diversos
actores que intervienen en el proceso de políticas públicas, destacando que el objetivo final es
proteger y fortalecer la democracia. ÁBALOS Meco, J.L., Descentralización, financiación y
servicios públicos. Fortalecimiento de la ciudadanía y cohesión social, Valencia, Tirant lo
Blanch, 2008, p. 86.
Análisis de servicios públicos esenciales y servicios de interés
general a la luz de la legislación española

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