Análisis descriptivo de la reforma electoral constitucional y legal 2014

AutorJosé Oliveros Ruíz
Páginas574-595
Justicia electoral en México
1. ANÁLISIS DESCRIPTIVO DE LA REFORMA ELECTORAL
CONSTITUCIONAL Y LEGAL 2014
Con motivo de la reforma electoral constitucional y legal aprobada por el
Congreso de la Unión, se elabora una descripción clara y concisa, de las
principales modicaciones hechas a uno o varios artículos de la Cons-
titución Política de los Estados Unidos Mexicanos,1 y/o del abrogado Código
tuciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), así como los cambios contenidos
en la nueva Ley de Partidos Políticos (LPP) y la Ley General en Materia de Deli-
tos Electorales (LGMDE).2
Análisis descriptivo de la Reforma Electoral a la Constitución Federal y a la
Se muestran, a continuación, los apartados por temas:
Autoridades administrativas locales
Autoridades jurisdiccionales locales
Candidatos independientes
Comunicación política
Elecciones concurrentes
Facultades de regulación en las entidades federativas
Financiamiento
Fiscalización
INE
Medios de impugnación
Nulidades
Participación ciudadana
Partidos políticos
Reelección
Régimen sancionador
Réplica
TEPJF
Voto exterior
1 Decreto publicado en el Diario Ocial de la Federación el 10 de febrero de 2014.
2 Nuevas Leyes publicadas en el Diario Ocial de la Federación el 23 de mayo de 2014.
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Quinta parte. Análisis descriptivo de la Reforma Electoral Constitucional y Legal 2014
Autoridades administrativas locales
Faculta al Instituto Nacional Electoral para designar y remover al consejero
presidente y los consejeros electorales integrantes del órgano superior de direc-
ción de los organismos públicos locales.3
Atribuye al Consejo General del INE designar por mayoría absoluta, a más
tardar el día 30 de septiembre del año anterior al de la elección, a los conseje-
ros electorales de los Consejos Locales.4
Se establece una Unidad Técnica de Vinculación del INE con los órganos pú-
blicos locales.5
Los OPLES6 tendrán competencia, entre otros aspectos, sobre la preparación
de la jornada electoral; escrutinios y cómputos en los términos que señale la
ley; declaración de validez y el otorgamiento de constancias en las elecciones
locales; cómputo de la elección del titular del Poder Ejecutivo; resultados pre-
liminares y conteos rápidos.7
Autoridades jurisdiccionales locales
Las autoridades electorales jurisdiccionales se integrarán por un número impar
de magistrados, electos por las dos terceras partes de los miembros del Senado.8
Se compondrán de tres o cinco magistrados, que actuarán en forma colegiada
y permanecerán en su encargo durante siete años. Serán electos en forma esca-
lonada, por las dos terceras partes del Senado de acuerdo con su reglamento.9
Candidatos independientes
Regulación sobre la postulación, registro, derechos y obligaciones de candida-
tos independientes en el ámbito local.10
3 CPEUM. Artículo. 41, Base V, Apartado C; LGIPE. Artículo 32. 2. b).
4 LGIPE. Artículo 44. 1. h).
5 LGIPE. Artículo 60.
6 OPLES; Organismos Públicos Electorales Locales.
7 LGIPE. Artículo 104.
8 CPEUM. Artículo: 116, fracción IV, inciso c), numeral 5.
9 LGIPE. Artículo 106.
10 CPEUM. Artículo 116, fracción IV, inciso k).
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