Se amplían los plazos señalados en la reforma laboral para la adecuación de estatutos sindicales, para establecer el voto personal, libre, directo y secreto, entre otros

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Se amplían los plazos señalados en la reforma
laboral para la adecuación de estatutos sindicales,
para establecer el voto personal, libre,
directo y secreto, entre otros
La STPS dio a conocer el 20 de abril mediante el boletín No. 038/2020 que el Consejo de Coordinación para la Imple-
mentación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral (CCIRJL), acordó por unanimidad la ampliación de los plazos
indicados en la reforma laboral sobre la adecuación de estatutos de los sindicatos para establecer el voto personal,
libre, directo y secreto, entre otras medidas.
De esta manera, se amplía por 45 días naturales la obligación de las organizaciones gremiales para adecuar sus pro-
cedimientos de consulta a las normas establecidas en los artículos 390 Bis (constancia de representatividad) y 390
Ter (registro o revisión de contratos colectivos de trabajo) de la LFT, cuyo plazo finalizaba en mayo próximo.
Asimismo, se amplía por 17 días hábiles el plazo para que los sindicatos realicen la modificación de estatutos para
establecer garantías en materia de rendición de cuentas y equidad de género, previstas en el artículo 371 de la LFT,
el cual concluía el 9 de abril pasado.
En ambos casos, los plazos se reanudarán a partir de la fecha en que la autoridad sanitaria disponga la reanudación
de actividades laborales en el sector público, y que la totalidad de autoridades registrales hayan reanudado términos
legales en su respectiva circunscripción.
Información
de trascendencia
LABORAL
C1
2a. quincena
mayo 2020

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