Amparo colectivo

AutorJenaro Villamil

La decisión del Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo, con sede en Villahermosa, frente a la queja 79/2011 sienta un precedente porque es el primer amparo colectivo que se otorga en materia de contratos incentivados con Pemex, a raíz de la reforma que en 2010 se hizo al artículo 17 de la Constitución reconociendo el derecho de grupos de ciudadanos a impugnar, mediante acciones colectivas, la afectación al patrimonio público, entre otras materias.

El amparo afecta el acuerdo CA-130/2010, aprobado por el Consejo de Administración de Pemex el 24 de noviembre de 2010, en el que se autorizan "los contratos de servicios para la evaluación, desarrollo y producción de hidrocarburos en las áreas de Magallanes, Carrizo y Santuario, de la Región Sur", correspondiente a Tabasco.

En esa sesión, el único integrante del Consejo de Administración que votó contra dicha autorización fue el consejero profesional Rogelio Gasea Neri, mediante un voto razonado.

En el documento del Consejo de Administración de Pemex, cuya copia obtuvo Proceso, se reservan hasta tres años los anexos que detallan el contrato con lastrasnacionales petroleras. El argumento: que estos anexos "reflejan parámetros y otras decisiones estratégicas para garantizar las mejores condiciones en beneficio de la empresa".

El 18 de agosto de 2011 Pemex licitó los primeros contratos incentivados con petroleras trasnacionales, como la británica Petrofac, para los campos maduros de Magallanes y Santuario. La mexicana Administradora en Proyectos de Campo (APC), con sede en Monterrey, se llevó el tercero, ubicado en Carrizo.

Pero tras confirmarse que APC no iba a explotar el yacimiento de Carrizo, le dieron la licitación a la estadunidense Schlumberger. En ella participa como accionista Adrián Lajous Vargas, quien fue director de Pemex en la administración de Ernesto Zedillo.

A pesar de las reservas de acceso a la información, los asesores jurídicos que impulsaron el amparo colectivo-Rene Sánchez Galindo, asesor de la bancada del PT en la Cámara de Diputados; Bernardo Bátiz, exprocurador de Justicia del Distrito Federal, y el diputado federal petista Jaime Cárdenas- lograron documentar que la fórmula para la remuneración de los contratistas es inconstitucional porque "representa un porcentaje directo del precio de las ventas" del crudo.

En la demanda de amparo se puntualiza que el ajuste semestral de la tarifa que contiene la fórmula representa "un comportamiento equivalente al...

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