Alimentos. Tratamiento en el ámbito civil y empresarial

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Alimentos.
Tratamiento en el ámbito civil y empresarial
Introducción
El sistema jurídico mexicano considera la participación
de diversos actores para garantizar el derecho a la pen-
sión alimenticia; prueba de ello es la obligación para las
empresas de entregar dichas pensiones a los acreedo-
res alimentarios de los trabajadores, previa notificación
de la autoridad competente.
Comentamos las disposiciones establecidas en el Có-
digo Civil Federal (CCF); cabe precisar que para veri-
ficar las disposiciones relativas a la alimentación en
cualquier estado de la República se deberá atender al
Código Civil de la entidad que corresponda; así como lo
señalado en la LFT en cuanto a la responsabilidad que
tienen los empresarios de acatar los mandatos judicia-
les correspondientes.
Materia civil
Concepto de alimentos
En términos del artículo 308 del CCF, los alimentos com-
prenden lo siguiente:
Si se trata de menores, los alimentos comprenderán
además de los mencionados, los gastos necesarios
para la educación primaria del acreedor alimentista, y
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