Decreto por el que se declara de utilidad pública la construcción de la carretera Angel Albino Corzo-Siltepec, tramo Plan de Ayutla-Siltepec, por lo que se expropia a favor de la Federación una superficie de 38,784.00 metros cuadrados, ubicada en el Municipio de Angel Albino Corzo, Chis

Fecha de disposición22 Junio 1999
Fecha de publicación22 Junio 1999
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se declara de utilidad pública la construcción de la carretera Angel Albino Corzo-Siltepec, tramo Plan de Ayutla-Siltepec, por lo que se expropia a favor de la Federación una superficie de 38,784.00 metros cuadrados, ubicada en el Municipio de Angel Albino Corzo, Chis.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo, de la propia Constitución; 22 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 2o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación; 14 y 63, fracción II, de la Ley General de Bienes Nacionales; 1o., fracciones II y XII, 2o., 3o., 4o., 10, 19 y 20 de la Ley de Expropiación; 31, 36 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, está llevando a cabo la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción de la carretera Ángel Albino Corzo-Siltepec, tramo Plan de Ayutla-Siltepec, y su respectivo derecho de vía, ubicados en el Municipio de Ángel Albino Corzo, Estado de Chiapas;

Que la carretera de referencia es una vía general de comunicación que contribuirá a la modernización y desarrollo integral de la región; facilitará la transportación terrestre de personas y bienes de la vertiente norte de la Sierra Madre de Chiapas hacia Tuxtla Gutiérrez, Motozintla y Tapachula, dentro de mejores parámetros de seguridad, eficiencia y costo, toda vez que el tránsito actual desde el cruce del Arroyo de San Nicolás hasta Siltepec es extremadamente lento y se encuentra restringido a vehículos de carga, lo que justifica la utilidad pública para la adquisición de los terrenos que se mencionan en el considerando anterior, y

Que para la atención de las necesidades de interés general, que deben ser satisfechas de manera prioritaria, el Gobierno Federal requiere adquirir las superficies necesarias mediante la expropiación correspondiente, cubriendo la indemnización a las personas que acrediten su legítimo derecho a las mismas, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

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