Iniciativa Legislativa del Sen. Ricardo Barroso Agramont, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con proyecto de decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 141-A de la Ley Federal de Derechos., de 9 de Octubre de 2014

Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 141-A de la Ley Federal de Derechos. El que suscribe Ricardo Barroso Agramont, Senador de la República de la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 8, numeral 1, fracción I, 164 numerales 1 y 2, y 169 numeral 1 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta H. Soberanía, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona un último párrafo al artículo 141-A de la Ley Federal de Derechos. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Hoy en día, México viveun cambio en los sectores de telecomunicaciones y de radiodifusión con la aprobación de la Reforma en Telecomunicaciones y con la creación de la Ley de la materia, atacando cuestiones de concentración, competencia, acceso a los diferentes servicios, disminución de la brecha digital, entre otras, con lo cual se busca generar un crecimiento y un mayor desarrollo en el país. La Reforma mencionada establece que el mercado se compone de diversos servicios que se agrupan en dos grandes sectores: el de telecomunicaciones y el de radiodifusión. Para los efectos de la presente iniciativa, nos enfocaremos en el segundo sector, es decir,en el de radiodifusión. De conformidad con la fracción LIV del artículo 3º de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la radiodifusión comprende: […] LIV. Radiodifusión: Propagación de ondas electromagnéticas de señales de audio o de audio y video asociado, haciendo uso, aprovechamiento o explotación de las bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico, incluidas las asociadas a recursos orbitales, atribuidas por el Instituto a tal servicio, con el que la población puede recibir de manera directa y gratuita las señales de su emisor utilizando los dispositivos idóneos para ello; […] En otros términos, el sector de radiodifusión comprende dos servicios que son completamente gratuitos: radio y televisión abiertas. Entre los servicios de radio encontramos un servicio que prestan personas con infraestructura propia, operados por sí mismas y que no dependen de un prestador de servicios o un tercero, es decir, el servicio de radioafición. La página de internet de la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL)...

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