Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, para incorporar al Distrito Federal al Fondo de Aportaciones a la Infraestructura Social, FAIS., de 17 de Octubre de 2013

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Carlos Augusto Morales López, del Grupo Parlamentario del PRD

Los suscritos, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de este honorable pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se modifica los artículos 32, 33, 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

La tendencia hacia la descentralización y el papel creciente de los gobiernos estatales se han convertido en un tema central en la planeación de las políticas de desarrollo social, aspecto esencial en el fortalecimiento del federalismo. La descentralización de recursos y facultades en la toma de decisiones se implementa a partir de una mayor eficiencia distributiva en la prestación de servicios públicos, fundamentales para el bienestar de la población e indispensables para lograr una mayor equidad entre los distintos grupos sociales y regiones del país.

Descentralización del Distrito Federal

El proceso de descentralización en nuestro país ha impactado de diversas formas a la Ciudad de México, entidad que desde el 18 de noviembre de 1824, cuando el Congreso de la Unión decretó la creación del Distrito Federal, ha pasado por diversas modificaciones en cuanto su régimen de organización interna, destacando, por ejemplo, la reforma del artículo 73, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de diciembre de 1928, donde se asentaron nuevas bases para la organización político-administrativa y se suprimió el sistema municipal en el Distrito Federal, encomendándose el gobierno del mismo al presidente de la República quien lo ejercería por conducto del órgano que determinara la ley respectiva. Dicho órgano recibió el nombre de Departamento del Distrito Federal y las facultades de decisión y de ejecución fueron encomendadas a un jefe del departamento del Distrito Federal, bajo cuya autoridad fueron puestos los servicios públicos y otras atribuciones ejecutivas. Posteriormente, el 21 de octubre de 1993 se aprobaron una serie de reformas constitucionales que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 25 del mismo mes y que entró en vigor el 25 de noviembre de ese año. Mediante éste, la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, que estaba en ejercicio, siguió teniendo las facultades contenidas en las disposiciones que la crearon, y la III Asamblea de Representantes del Distrito Federal, con base en las reformas y en el texto del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, asumió sus nuevas facultades, sobre todo en materia legislativa.

No fue sino hasta 1997, producto de una nueva serie de modificaciones legislativas, que los habitantes del Distrito Federal pudieron elegir mediante sufragio al jefe de gobierno, quien conforme al artículo 122 de la Constitución, detenta la titularidad del Poder Ejecutivo local.

Lo anterior expuesto es relevante toda vez que, si bien el Distrito Federal ha modificado su régimen político y administrativo interno, lo cierto es que su estatus como una entidad y no como un Estado más de la República lo ubican en un escenario complejo e incluso en desventaja en términos jurídico-institucionales que repercuten en su capacidad operativa.

Inequidad para el Distrito Federal en el Presupuesto de Egresos de la Federación

La presente iniciativa está motivada porque se considera que, en términos de asignación de recursos, el Distrito Federal sufre de una discriminación presupuestaria.

El DF es el espacio público de convivencia de los tres Poderes de la Unión y con mayor tradición histórica dentro de la vida pública de México, concentra más de 164 embajadas y residencias diplomáticas; más de 100 inmuebles pertenecientes a la Administración Pública, más de 80 edificios de entidades paraestatales y organismos descentralizados de la administración pública federal, los comités ejecutivos nacionales de los partidos políticos, así como el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, entre otros. Lo anterior le cuesta al DF alrededor de 12 mil millones de pesos anuales. De este costo, casi una cuarta parte, es decir entre dos y tres mil millones de pesos, corresponde al predial que no pagan estas instancias, pues son beneficiadas con una exención a nivel constitucional.

Adicionalmente hay que mencionar los costos operativos que genera la administración de servicios en la ciudad, toda vez que en este espacio converge la mayor "población flotante" 1 del país, lo que permite que millones de mexicanos de todas partes radiquen su lugar de empleo, comercio, estudio, esparcimiento y otros, precisamente en este espacio geográfico.

Aunado a lo anterior, en materia presupuestal, hay que mencionar que sí bien los montos asignados por concepto de transferencias provenientes de la federación son significativos, hay que tener en cuenta que para la población objeto de los servicios que se prestan en el DF aún son marginales para atender con calidad y suficiencia las necesidades de los capitalinos, los cuales muchas veces padecen un fenómeno de exclusión de servicios precisamente por la cantidad tan importante de población flotante.

En el Distrito Federal hoy en día, existen importantes presiones para las finanzas públicas de la ciudad y para afrontarlas es necesario llegar a un punto de equilibrio entre el número de beneficiarios de los servicios públicos, políticas públicas y los costos económicos que realmente se observan para hacerlos llegar a su población objeto.

Por otra parte, el círculo presupuestal del DF tiene importantes distorsiones provocadas, como se ha mencionado, por su particular estatus jurídico, el cual no es el de un estado de la república. Sin embargo, la ciudad es el referente nacional de calidad de vida por acceso, promoción y protección de derechos fundamentales consagrados en el texto constitucional como son: salud, educación, cultura, entretenimiento y libertad.

Cabe destacar que es el Distrito Federal la Entidad que más contribuye al PIB Nacional: históricamente con más del 20 por ciento del total. Además, es la Entidad con la mayor proporción de ingresos propios en el país, prácticamente la mitad de sus recursos se deben a recaudación propia, es la entidad menos dependiente de la federación.

El papel de los Fondos de Aportaciones en Ley de Coordinación Fiscal

Es innegable la importancia estratégica y financiera del gasto federalizado, el cual se ha convertido en la fuente principal de ingresos de las entidades federativas y municipios y son fundamentales para financiar sus estrategias y programas de desarrollo...

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