Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Sociedad Hipotecaria Federal., de 21 de Marzo de 2013

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Sociedad Hipotecaria Federal, a cargo de la diputada Yazmín de los Ángeles Copete Zapot, del Grupo Parlamentario del PRD

La que suscribe, diputada Yazmín de los Ángeles Copete Zapot integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LXII Legislatura, con fundamento en los artículos 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se derogar la fracción X Ter del artículo 4º, se reforma el artículo 19º primer párrafo y se adiciona el artículo 29 Bis de la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal.

Planteamiento del problema

En la presente iniciativa se aborda el problema para delimitar el otorgamiento de créditos por parte de Sociedad Hipotecaria Federal, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo a Entidades Financieras cuya situación económica provoque incertidumbre, para evitar incurrir en tratos preferenciales con intermediarios financieros no bancarios e impedir los rescates, así como también que la Banca de Desarrollo no se convierta en administradora de cartera y comercializadora de bienes inmuebles, otorgados en dación de pago por los incumplimientos de las entidades financieras. Exposición de Motivos

La historia del proceso legislativo para dar cumplimiento al párrafo séptimo del artículo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es arduo y poco se ha logrado cumplir con el derecho humano y la garantía individual de que toda familia disfrute de vivienda digna y decorosa.

El 3 de febrero de 1983 se reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer el derecho de que toda familia a disfrutar de vivienda digna y decorosa, la reforma constitucional mandató al legislador ordinario a expedir la Ley Reglamentaria del texto constitucional, para que se establecieran los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar este principio constitucional.

La Norma Ordinaria que mandata la Constitución es la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal, el 11 de octubre de 2001 se publico en el Diario Oficial de la Federación el decreto de su creación y las funciones legislativas que realizaría.

Desde su constitución los funcionarios de Sociedad Hipotecaria Federal desvirtuaron el marco normativo de su ley orgánica, solo impulsaron y desarrollaron con recursos públicos, vía el endeudamiento externo con el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo un mercado oligopólico en la construcción de la vivienda que beneficio a empresas como URBI, GEO, DEMET, ARA, SARE, SADASI y HOMEX .

La Sociedad Hipotecaria Federal también con recursos públicos federales impulsó el crecimiento de las entidades financieras denominadas Sociedades Financieras de Objeto Limitado y Múltiples mejor conocidas como Sofoles-Sofomes y de manera particular a Patrimonio, Hipotecaria Su Casita, ING Hipotecaria, Hipotecaria Ge Money, Hipotecaria Nacional Grupo Financiero BBVA-Bancomer, Crédito y Casa, Metrofinanciera, entre otras.

La Sociedad Hipotecaria Federal se convirtió en la banca de las Sofoles-Sofomes y de las empresas constructoras de vivienda y dándoles desde su creación tratos preferenciales, de este modo tenemos que en el 2005 las ventas de las seis empresas desarrolladoras que cotizaron en la Bolsa Mexicana de Valores (URBI, GEO, HOMEX, ARA, SARE y Consorcio Hogar ), ascendieron a casi $12 mil millones de pesos, recursos equivalentes a más del 50 por ciento del presupuesto total asignado para ese año a la Secretaría de Desarrollo Social.

Cabe señalar que Sociedad Hipotecaria Federal financia a las Sofoles-Sofomes y a las empresas constructoras a través de las Condiciones Generales de Financiamiento que emite la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Las Sofoles-Sofomes solo se encargaron de cobrar los intereses del financiamiento que otorga Sociedad Hipotecaria Federal , ni las Sofoles-Sofomes y ni las constructoras invirtieron en los últimos doce años recursos propios, es decir, la Banca de Desarrollo en los dos últimos sexenios les dio un trato preferencial.

Los fondos y garantías que la Sociedad Hipotecaria Federal debería de destinar para que las familias disfruten de vivienda digna y decorosa los ha otorgado en los últimos 12 años a las Sofoles-Sofomes y empresas constructoras, para darles: tratos preferenciales, rescatarlas y beneficiarlas, en el primer trimestre del año de 2009 el gobierno de Felipe Calderón los rescato vía el endeudamiento público externo y lo más graves fue que el rescate hipotecario e inmobiliario tuvo su origen en el Congreso de la Unión.

La ruta del rescate hipotecario e inmobiliario en México se presenta en los siguientes puntos:

  1. Se inició a partir de las reformas realizadas por el Congreso de la Unión a la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal y publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado 20 de agosto de 2008 , cabe destacar que el objetivo de ésta reforma era derogar el artículo noveno transitorio de la citada Ley Orgánica.

    El artículo noveno transitorio de la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal señalaba lo siguiente: Por un plazo de ocho años contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto la Sociedad Hipotecaria Federal podrá efectuar descuentos y otorgar préstamos y créditos a los intermediarios financieros mencionados en el artículo 29 de la Ley. A estas operaciones les será aplicables lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley... Faltando tres años para la conclusión de ese plazo, Sociedad Hipotecaria Federal deberá sujetar a la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público su programa gradual para la conclusión de nuevas operaciones de este tipo.

    La Sociedad Hipotecaria Federal tenía como plazo el once de octubre de 2009 para dejar de otorgar créditos, préstamos o descuentos a los intermediarios financieros. Con la aprobación de ésta reforma y la derogación del artículo noveno transitorio el 20 de agosto de 2008 la Sociedad Hipotecaria Federal seguirá apoyando con recursos públicos por tiempo indefinido a las Sofoles-Sofomes y a las empresas constructoras.

    Esta reforma fue clara y su prioridad es proteger y darle un trato preferencial a las Sofoles-Sofomes, para que cuente con recursos públicos suficientes y se financien los créditos para la construcción, compra de viviendas e incrementar el mercado oligopólico que han generado en nuestro país las Sofoles-Sofomes y las empresas constructoras.

  2. El segundo paso de la ruta para el rescate hipotecario e inmobiliario se realizó cuando el gobierno federal y la Sociedad Hipotecaria Federal , anunciaron el pasado 7 de enero de 2009 el Acuerdo Nacional a Favor de la Economía Familiar y...

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