Decreto no 228 que Reforma y Adiciona Diversos Artículos de La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima

Fecha de disposición23 Julio 2002
Fecha de publicación23 Julio 2002
SecciónSección General
Número de Gaceta32

DECRETO No. 228

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA.

FERNANDO MORENO PEÑA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33, FRACCIÓN II, Y 130 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, PREVIA LA APROBACIÓN DE ESTA LEGISLATURA, Y EN VIRTUD DE QUE HABIENDO TRANSCURRIDO EL TÉRMINO CONSTITUCIONAL DE 30 DÍAS SIN QUE NUEVE DE LOS 10 AYUNTAMIENTOS DE LA ENTIDAD ENVIARAN SU RESPUESTA, SE ENTIENDE QUE ACEPTAN DICHAS REFORMAS POR AFIRMATIVA FICTA DE ACUERDO CON LO QUE SEÑALA LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 130 DE LA CONSTITUCIÓN LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA:

D E C R E T O Nº 228

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSOSARTICULOS DE LA CONSTITUCION POLITICADEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMAARTICULO UNICO.-

Se reforman las fracciones XXI y XXVIII del artículo 33, la fracción XXXI del artículo 58 y el artículo 86 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, en los siguientes términos: "ARTICULO 33.- . . . . . . .

I a XX.- . . . . . . . .

XXI.- Elegir a los Magistrados del Tribunal Electoral, a los Consejeros Electorales del Instituto Electoral, así como al Presidente y a los Consejeros de la Comisión de Derechos Humanos del Estado, en los términos que determinen esta Constitución y las leyes de la materia;

XXII a XXVII.- . . . . . .

XXVIII.- Aprobar, en los términos de las leyes respectivas, el nombramiento del Magistrado Presidente del Tribunal de Arbitraje y Escalafón;

XXIX a XLII.- . . . . ." "ARTICULO 58.- . . . . . . .

I a XXX.- . . . . . .

XXXI.- Proponer al Congreso del Estado, mediante el procedimiento que establezca la ley de la materia, al Presidente del Tribunal de Arbitraje y Escalafón;

XXXII a XLII.- . . . . . ." DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO "ARTICULO 86.- . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

El Presidente y los Consejeros de la Comisión serán electos por el Congreso, a propuesta de los Diputados, por mayoría calificada de sus integrantes y de conformidad con el procedimiento que establezca su ley orgánica. El Presidente durará en su encargo...

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