Adeudos Fiscales No Desaparecen al Momento de Fallecimiento: Condusef.

La Comision Nacional para la Proteccion y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), advirtio que a diferencia de los adeudos bancarios, los adeudos fiscales no se borran tan facilmente al momento en que fallece una persona.

Explica que cuando una persona fallecio, pero dejo una fuente de ingreso que sigue generando beneficios economicos y tiene tambien adeudos fiscales, los herederos son responsables de dichos creditos fiscales.

Senala que el Servicio de Administracion Tributaria (SAT) es el encargado de otorgar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el cual es una clave unica para identificar a las y los contribuyentes para inscribirlos al padron fiscal.

Una vez que se da de alta no es posible darse de baja, solo se pueden realizar modificaciones en caso de que la persona se encuentre activa o inactiva dependiendo del regimen, pero en casos de fallecimiento se tiene que solicitar la cancelacion para que no continuen las obligaciones de pago.

Dicho tramite es muy sencillo cuando la persona fallecida solamente era asalariada o tenia una actividad empresarial. Sin embargo, se puede complicar el proceso si se encuentra de por medio una herencia y existe un pago pendiente, entonces el SAT podra embargar los bienes, precisa en el articulo A?Al morir mis de dudas se van conmigo? No heredes problemas de tus seres queridos, publicado en su revista de junio.

Anade que para poder cancelar el RFC, el tramite que se debe realizar se llama...

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