Acuerdo de la Subdirectora de Servicios Administrativos, por el que se habilitan días y horas inhábiles para la realización de procedimientos adquisitivos de bienes y contratación de servicios, que se encuentren en trámite o inicien por parte del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, a través de los procedimientos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su reglamento, y en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su reglamento.

Miércoles 24 de noviembre de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 99
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Al margen Escudo Nacional de México, un logotipo que dice: SEP Secretaría de Educación Pública, Escudo del
Estado de México; un logotipo que dice: Tecnológico Nacional de México y otro: TESJo Tecnológico de Estudios
Superiores de Jocotitlán.
CONTADOR PÚBLICO MARTHA MARIA GÓMEZ HERNÁNDEZ, SUBDIRECTORA DE SERVICIOS
ADMINISTRATIVOS, DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL,
DENOMINADO TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE JOCOTITLÁN, CON FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1, 34, 65, 78 Y 129 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO; 3, 13, 45 Y 47 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL
ESTADO MÉXICO; 12 Y 13 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE
MÉXICO; Y 20 FRACCIONES III Y XVI DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS
SUPERIORES DE JOCOTITLÁN; Y
C O N S I D E R A N D O
Que por decreto número 85 de la H. "LVIII" Legislatura del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial
"Gaceta de Gobierno", el día 3 de mayo de 2013, se expidió la Ley de Contratación Pública del Estado de México y
Municipios, con el objeto de regular los actos relativos a la planeación, programación, presupuestación, ejecución y
control de adquisición, enajenación y arrendamientos de bienes y la contratación de servicios de cualquier naturaleza,
que realicen las Dependencias y los Organismos Auxiliares.
Que el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales tiene entre sus funciones la adquisición y
suministro de bienes y servicios destinados a satisfacer las necesidades del Tecnológico.
Que los días 27 y 28 de noviembre, 4,5,11,12,18,19,23,24,25,26,27,28,29,30 y 31 de diciembre del 2021, y los días
1,2,3,4 y 5 de enero de 2022, y las 24 horas de los días mencionados en términos del artículo 12 del Código de
Procedimientos Administrativos son días y horas no laborables en los cuales no se podrán realizar promociones y
actuaciones salvo que la autoridad Administrativa ejerciten su facultad para habilitarlos, con el propósito de no
desfasar los procedimientos adquisitivos citados, resulta indispensable la habilitación de los días y horas inhábiles.
En mérito de lo expuesto y fundado, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO DE LA SUBDIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS Y
HORAS INHÁBILES PARA LA REALIZACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADQUISITIVOS DE BIENES Y
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, QUE SE ENCUENTREN EN TRÁMITE O INICIEN POR PARTE DEL
DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES, A TRAVÉS DE LOS
PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL
SECTOR PÚBLICO Y SU REGLAMENTO, Y EN LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO
Y MUNICIPIOS Y SU REGLAMENTO.
PRIMERO: Se habilitan los días 27 y 28 de noviembre, 4,5,11,12,18,19,23,24,25,26,27,28,29,30 y 31 de diciembre de
dos mil veintiuno; y 1,2,3,4 y 5 de enero de 2022, para que el Departamento de Recursos Materiales y Servicios
Generales pueda substanciar los procesos adquisitivos de bienes y contratación de servicios, que se encuentren en
trámite o inicien en el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales y del Comité de Adquisiciones y
Servicios del Tecnológico de Estudios Superiores de Jocotitlán, relativo a los recursos autorizados en 2021, por lo que
para esos efectos correrán los plazos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público y su Reglamento y en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su Reglamento.
SEGUNDO: Notifíquese el contenido del presente acuerdo a las personas físicas y jurídico-colectivas relacionadas
con los diversos actos que deban llevarse a cabo en el periodo habilitado.
TERCERO: Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
CUARTO: El presente acuerdo surtirá sus efectos el día de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del
Gobierno”.
Dado en el municipio de Jocotitlán, Estado de México, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil
veintiuno.- ATENTAMENTE.- C.P. MARTHA MARIA GÓMEZ HERNÁNDEZ.- SUBDIRECTORA DE SERVICIOS
ADMINISTRATIVOS.- RÚBRICA.

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