Acuerdo de la Subdirectora de Administración y Finanzas del Tecnológico de Estudios Superiores de San Felipe del Progreso, por el que se habilitan días y horas inhábiles para la realización de procedimientos adquisitivos de bienes y contratación de servicios, que se encuentren en trámite o inicien por parte del Departamento de Recursos Materiales, a través de los procedimientos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su reglamento, y en la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su reglamento.

Jueves 2 de diciembre de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 105
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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Al margen Escudo del Estado de México, y un logotipo, que dice: TESSFP, Tecnológico de Estudios
Superiores San Felipe del Progreso.
MAESTRA EN ADMINISTRACIÓN VANESSA MONDRAGON NAVA, SUBDIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y
FINANZAS, DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL, DENOMINADO
TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE SAN FELIPE DEL PROGRESO, CON FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1, 34, 65, 78 Y 129 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO; 3, 13, 45 Y 47 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL
ESTADO MÉXICO; 12 Y 13 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE
MÉXICO; Y 17 FRACCIONES VII, XI Y XV DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS
SUPERIORES DE SAN FELIPE DEL PROGRESO; Y
C O N S I D E R A N D O
Que por decreto número 85 de la H. "LVIII" Legislatura del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial
"Gaceta de Gobierno", el día 3 de mayo de 2013, se expidió la Ley de Contratación Pública del Estado de México y
Municipios, con el objeto de regular los actos relativos a la planeación, programación, presupuestación, ejecución y
control de adquisición, enajenación y arrendamientos de bienes y la contratación de servicios de cualquier naturaleza,
que realicen las Dependencias y los Organismos Auxiliares.
Que el Departamento de Recursos Materiales tiene entre sus funciones la adquisición y suministro de bienes y
servicios destinados a satisfacer las necesidades del Tecnológico.
Que los días 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de dos mil veintiuno y las 24 horas de los días
mencionados en términos del artículo 12 del Código de Procedimientos Administrativos son días y horas no
laborables en los cuales no se podrán realizar promociones y actuaciones salvo que la autoridad Administrativa
ejerciten su facultad para habilitarlos, con el propósito de no desfasar los procedimientos adquisitivos citados, resulta
indispensable la habilitación de los días y horas inhábiles.
En mérito de lo expuesto y fundado, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO DE LA SUBDIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS Y
HORAS INHÁBILES PARA LA REALIZACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADQUISITIVOS DE BIENES Y
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, QUE SE ENCUENTREN EN TRÁMITE O INICIEN POR PARTE DEL
DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES, A TRAVÉS DE LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN
LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y SU REGLAMENTO, Y
EN LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS Y SU REGLAMENTO.
PRIMERO: Se habilitan los días 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de dos mil veintiuno; para que el
Departamento de Recursos Materiales pueda substanciar los procesos adquisitivos de bienes y contratación de
servicios, que se encuentren en trámite o inicien en el Departamento de Recursos Materiales y del Comité de
Adquisiciones y Servicios del Tecnológico de Estudios Superiores de San Felipe del Progreso, relativo a los recursos
autorizados en 2021, por lo que para esos efectos correrán los plazos establecidos en la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento y en la Ley de Contratación Pública del Estado de
México y Municipios y su Reglamento.
SEGUNDO: Notifíquese el contenido del presente acuerdo a las personas físicas y jurídico-colectivas relacionadas
con los diversos actos que deban llevarse a cabo en el periodo habilitado.
TERCERO: Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
CUARTO: El presente acuerdo surtirá sus efectos el día de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del
Gobierno”.
Dado en el municipio de San Felipe del Progreso, Estado de México, a los treinta días del mes de noviembre del año
dos mil veintinuno.- ATENTAMENTE.- M. en A. VANESSA MONDRAGON NAVA.- SUBDIRECTORA DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.-RÚBRICA.

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