Acuerdo nº Acuerdo_SS-16-2020 de Sala Superior, 8 de Julio de 2020

Fecha de Resolución 8 de Julio de 2020
Número de ResoluciónAcuerdo_SS-16-2020

Microsoft Word - Acuerdo SS-16-2020 Reglamento Interior Página de Internet.docx ACUERDO SS/16/2020.

REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

El Pleno General de la S. Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 16, fracción III, de su L. Orgánica, y

CONSIDERANDO

Que en razón del Decreto por el que se expide la L. General del Sistema Nacional Anticorrupción; La L. General de Responsabilidades Administrativas, y la L. Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016, surge la necesidad de emitir una nueva reglamentación interna que permita llevar a la práctica las disposiciones de la L..

Que, en ese sentido, el Reglamento Interior de este Tribunal se ocupará, entre otras materias dispuestas por la L. Orgánica, de determinar las regiones, sede y número de S.R., Especializadas, A. y M.s del Tribunal; así como de la distribución de funciones y competencias entre el Pleno Jurisdiccional de la S. Superior y sus Secciones.

Que con la finalidad de que el Tribunal pueda hacer frente a emergencias sanitarias o circunstancias de urgencia que lo ameriten, se establecen las bases normativas que permiten la realización de las actividades esenciales relativas a la impartición de justicia administrativa y el trabajo a distancia haciendo uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, así como realizar sesiones de resolución a través de plataformas tecnológicas que posibiliten a las partes y al público en general seguir su desarrollo en tiempo real.

Que con la nueva reglamentación se propone dotar al Tribunal de normas internas que le permitan realizar los estudios requeridos que provean de mayor y mejor información para la toma de decisiones jurisdiccionales, administrativas y técnicas; que descanse en una planeación estratégica dinámica, y que garantice un manejo de los recursos presupuestales, materiales y técnicos que cumpla estrictamente los requerimientos legales de eficiencia y transparencia.

Que es necesario que la reglamentación propuesta contenga los preceptos básicos que sirvan de marco a las normas técnicas, acuerdos, lineamientos, criterios, programas y demás disposiciones obligatorias que deba emitir la Junta de Gobierno y Administración para garantizar el buen funcionamiento del Tribunal, así como para el cumplimiento efectivo de las competencias que le señala el artículo 23 de la L. Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, preservando la autonomía técnica y de gestión que la propia L. le ha conferido a sus actos;

Que, habida cuenta que la L. contiene una serie de preceptos que presuponen la concurrencia de los diversos Órganos que integran el Tribunal en la función de impartición de justicia administrativa, se estima necesario distinguir con precisión las áreas de

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competencia de cada uno de ellos y fijar principios y definiciones que regulen su participación coordinada, cuando la L. así lo determine, y, de esta forma, garantizar la eficacia y transparencia de las tareas encomendadas;

Que, toda vez que la Junta de Gobierno y Administración, en cumplimiento de la función que le asigna expresamente la L., ha remitido a esta instancia el Proyecto de Reglamento Interior, mismo que ha sido objeto de estudio, aclaraciones, modificaciones y adiciones que se estimaron pertinentes por parte de las y los integrantes del Pleno General de la S. Superior, este Órgano Colegiado ha tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA.

Título Primero. Órganos del Tribunal.

Capítulo I.

Disposiciones Generales.

Artículo 1. El presente ordenamiento establece las normas jurídicas que regulan la organización y funcionamiento del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, para el despacho de los asuntos que le encomienda su L. Orgánica y demás ordenamientos legales y administrativos, así como para el ejercicio de su autonomía presupuestaria.

Este Reglamento norma la forma de operación de las Comisiones Consultivas, y establece las bases de la Planeación Estratégica del Tribunal y de los instrumentos programáticos para su seguimiento y evaluación.

Los órganos superiores que instituye este Reglamento, así como sus titulares e integrantes, se coordinarán para cumplir con las facultades y deberes institucionales que les competen.

Artículo 2. Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

I. Centro de Estudios: El Centro de Estudios Superiores en Materia de Derecho Fiscal y Administrativo del Tribunal Federal de Justicia Administrativa;

II. Estatuto: El Estatuto del Sistema Profesional de Carrera Jurisdiccional del Tribunal;

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III. Juicio tradicional: El juicio contencioso administrativo federal que se substancia recibiendo las promociones y demás documentales en manuscrito o impresos en papel, y formando un expediente también en papel, donde se agregan las actuaciones procesales, incluso en los casos en que sea procedente la vía sumaria, o el juicio de resolución exclusiva de fondo;

IV.J. en línea: S. y resolución del juicio contencioso administrativo federal en todas sus etapas, así como de los procedimientos previstos en el artículo 58 de la L. Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a través del Sistema de Justicia en Línea, incluso en los casos en que sea procedente la vía sumaria;

V.J. en la vía ordinaria: El juicio contencioso administrativo federal en todos los casos que prevé la L. Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo con excepción de los supuestos referidos en el Capítulo XI del Título II de dicha L.;

VI. Juicio en la vía Sumaria: El juicio contencioso administrativo federal en aquellos casos a los que se refiere el Capítulo XI del Título II de la L. Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo;

VII. Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo: El juicio contencioso administrativo federal a que se refiere el Capítulo XII del Título II de la L. Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo;

VIII. Junta: La Junta de Gobierno y Administración; IX. L.: La L. Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; X. L. de Transparencia: La L. Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública;

XI. L. de Protección de Datos Personales: La L. General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados;

XII. Pleno General: El órgano que se conforma por el P. del Tribunal, por los trece M. que integran las Secciones de la S. Superior y por los dos M. de la S. Superior que forman parte de la Junta de Gobierno y Administración;

XIII. Pleno Jurisdiccional de la S. Superior: El órgano integrado por el P. del Tribunal y por los diez M. integrantes de la Primera y Segunda Secciones de la S. Superior;

XIV. P.: El P. del Tribunal, de la S. Superior, del Pleno General, del Pleno Jurisdiccional y de la Junta;

XV. Reglamento: El presente Reglamento Interior; XVI. Revista: El medio de comunicación electrónico, a través del cual se dan a conocer las jurisprudencias, los precedentes o las tesis aisladas, emitidos por el Pleno Jurisdiccional de la S. Superior o las Secciones, así como los criterios aislados emitidos por las S.R., Especializadas o A.

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del Tribunal; también se podrán realizar ediciones impresas de la Revista para una mayor difusión de las resoluciones mencionadas; XVII. Manuales y otras normativas emitidas por el Pleno General o la Junta: Son las disposiciones, lineamientos, instructivos o circulares, que obliguen a los servidores públicos del mismo a partir de su publicación en los medios electrónicos de la institución y/o en el Diario Oficial de la Federación;

XVIII. S.R.: Las S. a que se refiere el artículo 28 de la L., que podrán ser Ordinarias, A., Especializadas o M.s;

XIX. S.R. Ordinarias: Las S.R. a que se refiere el artículo 28, fracción I, de la L.;

XX. S.A.: Las S.R. a que se refiere el artículo 28, fracción II, de la L.;

XXI. S. Especializadas: Las S.R. a que se refiere el artículo 28, fracción III, de la L.;

XXII. S.R. M.s: Las S.R. a que se refiere el artículo 28, fracción IV, de la L.;

XXIII. S. Superior: El órgano integrado por los dieciséis M. que opera en términos de lo dispuesto por los artículos 7 y 8 de la L.;

XXIV. Secciones: Integradas por la Primera y Segunda del Pleno Jurisdiccional de la S. Superior, y la Tercera relativa a Responsabilidades Administrativas Graves de la S. Superior;

XXV. Sistema de Control y Seguimiento de Juicios: La plataforma tecnológica del Tribunal donde se registrarán electrónicamente las demandas, promociones, acuerdos, sentencias y demás actuaciones jurisdiccionales que realicen el Pleno Jurisdiccional, las Secciones, las S.R. Ordinarias, Especializadas, A.y.M. del Tribunal, así como los M. Instructores y demás personal que cuente con un usuario y clave de acceso, tal y como se prevé en el Título Cuarto, capítulo I de este Reglamento;

XXVI. Sistema de Justicia en Línea: Sistema informático establecido por el Tribunal para registrar, controlar, procesar, almacenar, difundir, transmitir, gestionar, administrar y notificar el procedimiento contencioso administrativo que se sustancie ante el Tribunal; y

XXVII. Tribunal: El Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Para efectos de la fracción III de este artículo, y en los casos que el Pleno General considere fundadamente que existen causas de emergencia o circunstancias que...

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