Acuerdo de Simplificación de Trámites y Servicios del Municipio de El Marqués, Querétaro.

3 de septiembre de 2021 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 40231
GOBIERNO MUNICIPAL
EL M. EN A.P. RODRIGO MESA JIMÉNEZ, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD
QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de fecha 22 de julio de 2021, el H. Ayuntamiento de El Marqués, Querétaro, aprobó el
Dictamen de la Comisión de Gobernación, relativo a la aprobación del acuerdo de simplificación de trámites y
Servicios del Municipio El Marqués, Querétaro., de la forma siguiente:
“…DE CONFORMIDAD EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN II, DE LA
POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 FRACCION I, 146 FRACCION I, 147, 148 y 149 DE LA LEY
ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; EN BASE A LOS SIGUIENTES:
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. Que el 05 de febrero de 2017 fue publicado el Decreto por el que se declaran reformadas y
adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de
Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, Mejora Regulatoria, Justicia Cívica e Itinerante y
Registros Civiles en el cual se elevó a rango constitucional la política pública de mejora regulatoria al reformar el
contenido de los artículos 25 y 73; el primero de ellos, señala que con la finalidad de alentar y proteger la actividad
económica que permita el desarrollo económico nacional, las autoridades de todos los órganos de gobierno,
deberán de implementar políticas públicas para la simplificación de regulaciones, trámites y servicios.
SEGUNDO. Que de conformidad al artículo 73 de la Constitución Federal, el Congreso tiene facultad para expedir
la Ley general que establezca los principios a los que se sujetarán los órdenes de gobierno en materia de mejora
regulatoria; por lo que el 18 de mayo de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de
Mejora Regulatoria, ordenamiento que se expide en consecución al cumplimiento de la disposición constitucional.
TERCERO. Que los Programas Específicos de Simplificación y Mejora Regulatoria son herramientas para
promover la mejora de las regulaciones y la simplificación de trámites y servicios, así como fomentar la aplicación
de buenas prácticas nacionales e internacionales en materia de mejora regulatoria, a través de certificaciones
otorgadas por la CONAMER de acuerdo a los Lineamientos del Programa de Simplificación de Cargas
Administrativas publicados en el DOF el 20 de mayo de 2019.
CUARTO. La Ley en comento, en su transitorio décimo, refiere que los Ayuntamientos, en el ámbito de su
competencia, deberán expedir las disposiciones jurídicas y realizar las adecuaciones normativas
correspondientes en esta materia, dentro del año siguiente a la entrada en vigor de la citada Ley.
QUINTO. Acorde a lo establecido por los artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro y, 2 y 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal
del Estado de Querétaro, cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular y la
competencia que la Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera
exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el Poder Ejecutivo.
SEXTO. En razón de la actualización de la Estrategia Nacional de la Mejora Regulatoria, emitida por la Comisión
Nacional de la Mejora Regulatoria, con fecha de 27 de mayo de 2019, mediante la publicación de sus
“Lineamientos de los Programas de Mejora Regulatori a 2019-2020” para los Sujetos Obligados, en conformidad
de las políticas de la mejora en los tres niveles de gobierno, con el fin de generar las actualizaciones y
adecuaciones de sus respectivas normativas.

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