Acuerdo del Secretario de Desarrollo Social, por el que se emiten modificaciones a las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Social Comunidad Fuerte Edoméx.

Viernes 4 de febrero de 2022 Sección Segunda Tomo: CCXIII No. 23
67
Al margen Escudo del Estado de México.
LICENCIADO FRANCISCO JAVIER ERIC SEVILLA MONTES DE OCA, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 3 FRACCIÓN
XI, 5, 6, 10, 11 FRACCIÓN VI, 12 FRACCIONES I Y II, Y 17 FRACCIÓN IV DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL
ESTADO DE MÉXICO; 6 FRACCIÓN XI, 8 FRACCIÓN III, 9 FRACCIÓN II, 18, 19, 20, Y 26 DEL REGLAMENTO DE LA
LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO; Y 6 FRACCIÓN VII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL; Y
CONSIDERANDO
Que en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, se reconoció que en apego a la Declaración
Universal de Derechos Humanos, no puede realizarse el ideal del ser humano libre, a menos que se establezcan
condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales.
Que los derechos sociales implican obligaciones positivas para el Estado, como son el salvaguardar el derecho a la
educación, vivienda y alimentación, entre otros.
Que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), adoptó en 2015 la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible, la cual, es un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad.
Que la Agenda plantea 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) con 169 metas de carácter integrado e indivisible que
abarcan las esferas económica, social y ambiental.
Que la política de Desarrollo Social instruida por el licenciado Alfredo Del Mazo Maza, Gobernador Constitucional del Estado
de México, se fundamenta, entre otros, en los principios de inclusión, integralidad, igualdad, participación, solidaridad,
productividad, corresponsabilidad, focalización, transversalidad y evaluación, priorizando el desarrollo humano de los
mexiquenses.
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México (PDEM) 2017-2023, en congruencia con la Agenda 2030 y los ODS,
considera prioritario, en su Pilar Social: Estado de México Socialmente Responsable, Solidario e Incluyente, atender las
causas y efectos de la pobreza y desigualdad, así como garantizar los derechos sociales con énfasis en la población más
vulnerable, particularmente de las mujeres en la construcción de familias fuertes.
Que para dar cumplimiento a la política social estatal se establece la Estrategia Familias Fuertes (EFF), como un
mecanismo de coordinación transversal intergubernamental que permita transitar del desarrollo social al desarrollo humano,
para que a través de la operación de los diversos programas sociales, se promueva el acceso a los derechos sociales y con
ello se contribuya a mejorar la calidad y nivel de vida de las personas mexiquenses, mediante cuatro pilares básicos:
ingreso, alimentación, educación y vivienda.
Que la EFF se alinea a los ODS y a las metas de la Agenda 2030 propuestos por el Programa de las Naciones Unidas para
el Desarrollo (PNUD) y a los objetivos de la Ley de Desarrollo Social de la entidad, lo que permite homologar los criterios
técnico y metodológico de las Reglas de Operación de los programas sociales, emitidos por el Consejo de Investigación y
Evaluación de la Política Social (CIEPS).
Que la Secretaría de Desarrollo Social tiene a su cargo planear, dirigir y coordinar programas y acciones para el desarrollo
social y el mejoramiento de la calidad de vida de las personas en condiciones de pobreza y marginación, con base en las
políticas que determina el titular del Ejecutivo Estatal y en los objetivos y estrategias que se establezcan en el Plan de
Desarrollo del Estado.
Que el PDEM, en su Eje 1: Igualdad de Género, alineado al compromiso mundial de combatir las desigualdades entre
mujeres y hombres; ubica este tema como una de las prioridades de gobierno, cuya ejecución se basa en un ejercicio
transversal que impacta la totalidad de las políticas públicas.
Que el presupuesto público con perspectiva de género, tiene como propósito promover la igualdad entre hombres y mujeres,
estableciendo asignaciones presupuestarias más justas, que favorezcan las oportunidades sociales y económicas de ambos

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR