Acuerdo relativo a la autorización de revocación del Acuerdo de Cabildo de fecha 14 de diciembre de 2010, aprobado en el punto 4, apartado III inciso H) del orden del día; autorización de cambio de uso de suelo de habitacional con densidad de población de 200 hab/ha (H2) a uso habitacional con densidad de población de 600 hab/ha, y servicios (H6S) para los lotes 34, 35 y 7, de la etapa 2 del fraccionamiento 'La Ermita'; autorización de la modificación de coeficientes (COS) y (CUS) y altura máxima, autorización para la ejecución de la vialidad que conecte al fraccionamiento La Ermita con la prolongación de Av. Constituyentes (antigua carretera a México); y cambio de uso de suelo a infraestructura vial de la superficie de 2,078.869 m2, Delegación Municipal Villa Cayetano Rubio. Municipio de Querétaro, Qro.

Pág. 8982 PERIÓDICO OFICIAL 22 de julio de 2016
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47
FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX
DEL REGLAMENTO INTERIOR DE AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 31 de mayo de 2016 dos mil dieciséis, el Honorable
Ayuntamiento del Municipio Querétaro, aprobó el Acuerdo relativo a la Autorización de revocación del Acuerdo
de Cabildo de fecha 14 de diciembre de 2010, aprobado en el Punto 4, Apartado III Inciso H) del orden del día;
Autorización de Cambio de Uso de Suelo de Habitacional con Densidad de Población de 200 hab./ha. (H2) a
uso Habitacional con Densidad de Población de 600 hab./ha., y Servicios (H6S) para los lotes 34, 35 y 7, de la
etapa 2 del Fraccionamiento “La Ermita”; Autorizació n de la Modificación de Coeficientes (COS) y (CUS) y
Altura Máxima, Autorización para la ejecución de la vialidad que conecte al Fraccionamiento La Ermita con la
Prolongación de Av. Constituyentes (antigua carretera a México); y Cambio de Uso de Suelo a Infraestructura
Vial de la superficie de 2,078.869 m2, Delegación Municipal Villa Cayetano Rubio de esta ciudad, el que
textualmente señala:
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 115 FRACCIONES I PRIMER PÁRRAFO, II Y V INCISOS A Y D
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 2, 30 FRACCIÓN II INCISO
A Y D, 38 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1
FRACCIÓN II, 28 FRACCIÓN IV, 135, 324, 343 FRACCIÓN III DEL CÓDIGO URBANO DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 25, 28 FRACCIÓN II Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
1. El artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
Municipios están investidos de personalidad jurídica y manejan su patrimonio; en esa misma disposición
constitucional y en el artículo 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro se contempla
que, los Ayuntamientos, como órgano de gobierno de aquéllos, son competentes para aprobar los bandos de
policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus
respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias,
procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y
vecinal.
2. En términos de lo que establece la fracción V, incisos a y d, del precepto Constitucional citado, los
Municipios, están facultados para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de Desarrollo Urbano
Municipal, así como autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus
jurisdicciones territoriales.
3. Los cambios de utilización de suelo y cambios de altura de construcción se refieren a la posibilidad de
modificación de estos, de acuerdo a los Planes Parciales Delegacionales, atendiendo a la utilización del suelo
de un predio y a la altura de la edificación del mismo.
4. Mediante escrito de fecha 22 de marzo de 2016, dirigido al Lic. Rafael Fernández de Cevallos y Castañeda,
Secretario del Ayuntamiento, el Lic. Calixto Santiago Silva; Representante Legal de la Persona Moral
denominada “Desarrolladora e Inmobiliaria El Cerrito S.A. de C.V., solicita la autorización de diversos actos
respecto al fraccionamiento denominado La Ermita, ubicado en la Delegación Municipal Villa Cayetano Rubio,
radicándose tal solicitud en la Secretaría del Ayuntamiento bajo el expediente número 42/DAI/2016, del cual se
desprenden las siguientes peticiones:

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