Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de México.

Viernes 23 de julio de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 13
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo, que dice: Conalep Estado de México.
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA DEL ESTADO DE MÉXICO,
EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE El ARTÍCULO 9 FRACCIÓN V, DEL DECRETO DEL
EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE CREÓ EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE
CARÁCTER ESTATAL DENOMINADO COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA DEL ESTADO DE
MÉXICO; Y
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 establece que para que la gobernabilidad sea efectiva,
debe ser democrática y apegada a derecho. Lo anterior requiere que las instituciones estatales tengan las
capacidades y los recursos necesarios para desempeñar cabalmente sus funciones y responder de manera legítima y
eficaz a las demandas que le plantea la sociedad.
Que en la actualidad se reconoce la imperiosa necesidad de implementar un conjunto de estrategias y acciones
orientadas a fortalecer la capacidad institucional y la reingeniería de la estructura, mismas que deben ser acordes a la
realidad nacional y al desarrollo e implementación de las mejores prácticas para la innovación, modernización,
simplificación y calidad de la Administración Pública Estatal.
Que para cumplir los objetivos y líneas de acción propuestas, se deberán mejorar las capacidades de la
administración estatal garantizando la gobernabilidad, la legalidad, la eficiencia gubernamental y la rendición de
cuentas, así como la igualdad y la equidad de género.
Que mediante el Decreto del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 26 de
noviembre de 1998, se creó el Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de México como un organismo
público descentralizado de carácter estatal, con personalidad jurídica y patrimonios propios, cuyo objeto es precisar
los servicios de educación profesional técnica en la entidad, formando parte del Sistema Nacional de Colegios de
Educación Profesional Técnica.
Que derivado de las reformas implementadas en el Título Séptimo de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México, así como de la expedición de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de México y
Municipios; y de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, publicadas en el
Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 30 de mayo de 2017, se hace necesario realizar las reformas legales y
administrativas que permitan al Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de México, a través de su
Órgano Interno de Control, cumplir debidamente con las obligaciones establecidas en estos ordenamientos jurídicos.
Que de acuerdo con el artículo 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, todos los
individuos son iguales y tienen las libertades, derecho y garantías que la Constitución y las leyes establecen;
debiendo los poderes públicos y organismos autónomos transparentar sus acciones, garantizando el acceso a la
información pública y protegiendo los datos personales en los términos que señale la ley reglamentaria.
Que el artículo 139 Bis, primer párrafo, de la Constitución Potica del Estado Libre y Soberano de México establece
que la Mejora Regulatoria y el Gobierno Digital son instrumentos de desarrollo, por lo que es obligatorio para el
Estado y los municipios, sus dependencias y organismos auxiliares, implementar de manera permanente, continua y
coordinada sus normas, actos, procedimientos y resoluciones, ajustándose a las disposiciones que establece la
Constitución, a fin de promover políticas públicas relativas al uso de las tecnologías de la información e impulsar el
desarrollo económico del Estado de México.
Que mediante Decreto número 309 de la "LIX" Legislatura Local se publicó en el Periódico Oficial "Gaceta del
Gobierno", el 10 de mayo de 2018 las reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la
Administración Pública, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de la Ley de Igualdad de
Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres, todas del Estado de México, con el objeto de establecer unidades
administrativas encargadas de implementar e institucionalizar la perspectiva de género.

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