Acuerdo por el que se aprueba el Programa Institucional del Centro Nacional de Metrología 2013-2018

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EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 25 y 26 apartado A segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9, 22, 24, 27, 28, 29 párrafo tercero de la Ley de Planeación; 47, 48, 49 y 59 fracción II de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que el Estado garantizará que el desarrollo nacional fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, por medio de la competitividad, el fomento al crecimiento económico, el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.

Que el artículo 26, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía, para la independencia y democratización política, social y cultural de la Nación.

Que el dicho precepto constitucional establece que habrá un Plan Nacional de Desarrollo, al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal.

Que el 20 de mayo de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el cual establece los objetivos nacionales, estrategias y prioridades que regirán la actuación del Gobierno Federal, y prevé como premisa básica, para el avance integral del país, al desarrollo humano sustentable, orientando la actuación gubernamental en torno a cinco metas nacionales: México en Paz, México Incluyente, México con Educación de Calidad, México Próspero y México con Responsabilidad Global.

Que en el Plan Nacional de Desarrollo la meta nacional "México Próspero" establece que se desarrollarán los sectores estratégicos del país.

Que en la Meta Nacional 4 del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 "México Próspero", se establece como Estrategia 4.8.1, fomentar la productividad de los sectores dinámicos y tradicionales de la economía mexicana.

Que la productividad y desarrollo de los sectores dinámicos y tradicionales de la economía mexicana depende de una robusta infraestructura de la calidad, basada en mediciones confiables.

Que el 16 de diciembre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se aprueba el Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018, en el cual, se establecen los objetivos, indicadores y metas, así como las estrategias y acciones para consolidar una política de fomento industrial y de innovación que promueva un crecimiento económico equilibrado por sectores, regiones y empresas, y

Que en seguimiento a lo establecido en la fracción II del artículo 17 de la Ley de Planeación y en los Lineamientos para dictaminar y dar seguimiento a los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Centro Nacional de Metrología elaboró su Programa Institucional para el período 2013-2018, el cual fue aprobado por su Consejo Directivo con el acuerdo 02/1ª Ext/14, en su sesión realizada el 12 de febrero de 2014, por lo que se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueba el Programa Institucional del Centro Nacional de Metrología 2013-2018, como un programa institucional, con el objeto de establecer las bases para fortalecer la competitividad de las empresas, por medio de acciones que permitan lograr mediciones confiables, con la exactitud apropiada a cada aplicación.

SEGUNDO.- Para la ejecución del Programa, el CENAM coordinará acciones con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias y conforme a las disposiciones legales aplicables.

TERCERO.- El CENAM evaluará de manera periódica los resultados de la ejecución del Programa materia de este Acuerdo a través de indicadores, así como su incidencia en la consecución de los objetivos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y del Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018.

CUARTO.- Los recursos para implementar las acciones que se deriven de este Acuerdo, serán con cargo al presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal correspondiente.

TRANSITORIO

ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, D.F., a 28 de abril de 2014.- El Secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal.- Rúbrica.

Programa Institucional del Centro Nacional de Metrología 2013-2018

Marco Normativo

El Programa Institucional del Centro Nacional de Metrología 2013-2018 se emite con objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 25 y 26, apartado A, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 9, 17, fracción II, 22 al 24, 27, 28 y 29 párrafo tercero de la Ley de Planeación; 1, 2, 11, 47, 48, 49 y 59 fracción II de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; el cuarto, segundo párrafo, del Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 20 de mayo de 2013; el Lineamiento Noveno de los "Lineamientos para dictaminar y dar seguimiento a los programas derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018", publicados en el DOF el 10 de junio de 2013, así como el acuerdo 02/1ª Ext/14, emitido por el Consejo Directivo del CENAM en su primera sesión extraordinaria de 2014, realizada el 12 de febrero de 2014.

El artículo 26, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación. Al respecto, la Ley facultará al Ejecutivo para establecer los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación democrática y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo.

Por su parte, el artículo 24 de la Ley de Planeación establece que los programas institucionales se sujetarán a las previsiones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en el programa sectorial que le corresponda.

Para dar cumplimiento a lo anterior, la Secretaría de Economía elaboró el Programa de Desarrollo Innovador 2013-2018, el cual prevé que México incremente y mejore su competitividad y su nivel de inversión, se propone mejorar el marco regulatorio aplicable; fortalecer el mercado interno y propiciar mejores condiciones para el consumidor; incrementar la productividad con una política innovadora de fomento a la industria, comercio y servicios; fomentar la innovación como impulsora del desarrollo económico; impulsar el emprendimiento y fortalecer el desarrollo empresarial de las micro, pequeñas y medianas empresas de la economía social, y consolidar la política de apertura comercial para promover la participación de México en la economía global, mediante el aprovechamiento y fomento de las oportunidades de negocio.

El artículo 29 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) establece que el Centro Nacional de Metrología (CENAM) es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objetivo es llevar a cabo funciones de alto nivel técnico en materia de metrología. Dichas funciones, establecidas en el artículo 30 de la misma ley, se pueden resumir en las siguientes actividades:

Metrología primaria: Establecer y mantener patrones nacionales de medición y sistemas de referencia; desarrollar y certificar materiales de referencia (fracciones I, II, IV y VI).

Servicios para ofrecer trazabilidad a las mediciones: Poner a la disposición de todos los usuarios las referencias nacionales de medición a través de servicios de calibración y medición, así como la venta de materiales de referencia certificados (fracciones I, III y V).

Apoyo al Sistema Nacional de Metrología: Contribuir a las actividades de normalización en materia de metrología, al establecimiento, fortalecimiento y acreditación de laboratorios secundarios y a la difusión de la metrología (fracciones VII, IX y X).

Transferencia de tecnología: asesorar a los sectores industriales, técnicos y científicos en relación con problemas de medición; ofrecer servicios de capacitación y realizar proyectos de desarrollo tecnológico (fracciones IV, V, VII y VIII)

Como toda actividad de alto nivel científico y tecnológico, la metrología primaria sólo es posible en el marco de una estrecha colaboración con otros organismos que realizan, dentro y fuera del país, actividades relacionadas con su objeto de trabajo. Con este fin, la LFMN expresamente le confiere al CENAM la facultad de establecer convenios de colaboración con instituciones académicas y de investigación, que le permitan mantener las mejores competencias técnicas para dar respuesta a las necesidades metrológicas de los diversos sectores, promoviendo así la realización de mediciones confiables y uniformes en todo el país.

  1. Diagnóstico

    I.1 Importancia de la metrología en los sistemas nacionales de calidad

    En los últimos treinta años, la tendencia a la globalización del comercio mundial, los acuerdos de libre comercio, la co-manufactura de productos industriales y la creciente...

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