Acuerdo Poder Ejecutivo y Documento que Contiene el Programa Parcial de Urbanización Colinas de San Javier, Ubicado en La Parcela Núm. 158 del Ejido Abelardo L. Rodríguez, en El Municipio de Manzanillo, Colima.

Tomo 105, Colima, Col., sábado 31 de octubre de 2020; Núm. 73; pág. 2

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO ACUERDO Y DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN COLINAS DE SAN JAVIER, UBICADO EN LA PARCELA NÚM. 158 DEL EJIDO ABELARDO L. RODRÍGUEZ, EN EL MUNICIPIO DE MANZANILLO, COLIMA. JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción IV, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, y con fundamento en lo previsto por el artículo 58, fracción XXXVII, del propio texto constitucional y los numerales 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y CONSIDERANDO PRIMERO.- Que mediante oficio número 02.246/2020, de fecha 29 de septiembre de 2020, recibido en la Secretaría General de Gobierno el día 01 de octubre del citado año, la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”, del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización Colinas de San Javier, ubicado en la parcela núm. 158 del Ejido Abelardo L. Rodríguez, en el municipio de Manzanillo, Colima, promovido por JADE GRUPO INMOBILIARIO S. A. DE C. V. SEGUNDO.- Que en sesión de Cabildo del H. Ayuntamiento de Manzanillo, Colima, celebrada el 31 de agosto del 2020, se aprobó el Programa Parcial de Urbanización Colinas de San Javier, ubicado en la parcela núm. 158 del Ejido Abelardo L. Rodríguez, en el municipio de Manzanillo, Colima, según Certificación del Punto de Acuerdo del Acta de Cabildo expedida el día de su fecha, por la Secretaría del citado Ayuntamiento, cuyo original, así como, el expediente completo queda para resguardo en la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano. TERCERO.- Que informa la Dirección General de Regulación y Ordenamiento Urbano, que la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del estudio que contiene el Programa Parcial de Urbanización Colinas de San Javier, ubicado en la parcela núm. 158 del Ejido Abelardo L. Rodríguez, en el municipio de Manzanillo, Colima, según consta en el documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización del cual solicita su publicación. CUARTO.- Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”, el documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización Colinas de San Javier, ubicado en la parcela núm. 158 del Ejido Abelardo L. Rodríguez, en el municipio de Manzanillo, Colima, conforme se asienta en los Considerandos anteriores, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en aquellos terrenos que, encontrándose bajo el régimen de propiedad ejidal, el propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia. En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO ÚNICO.- Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”, del documento que contiene el Programa Parcial de Urbanización Colinas de San Javier, ubicado en la parcela núm. 158 del Ejido Abelardo L. Rodríguez, en el municipio de Manzanillo, Colima, el cual fue aprobado en sesión de Cabildo celebrada el 31 de agosto del 2020, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en aquellos terrenos que, encontrándose bajo el régimen de propiedad ejidal, el propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia. TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional “El Estado de Colima”.

Por lo tanto, mando se imprima, publique, circule y observe. Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, el 06 de octubre de 2020. Atentamente “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN” EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ Firma.

EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO RUBÉN PÉREZ ANGUIANO Firma.

EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO URBANO JOSÉ DE JESÚS SÁNCHEZ ROMO Firma.

Antecedentes jurídicos de la propiedad. Los ciudadanos FRANCISCO JAVIER DÉNIZ MACÍAS Y MIGUEL ÁNGEL ESPÍRITU MACÍAS acreditan la legal posesión del inmueble y el carácter con el que comparecen en el presente instrumento, con los siguientes documentos: Con la escritura pública número 27,539 veintisiete mil quinientos treinta y nueve, de fecha 26 veintiséis de Abril de 2016 dos mil dieciséis, otorgada ante la fe del Licenciado Marcelino Bravo Jiménez, Titular de la Notaría Pública Número 2 Dos de la Ciudad y Puerto de Manzanillo, Colima, cuyo testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en el folio mercantil número 266744-1, de fecha 31 de Octubre de 2017 en donde se realiza el contrato de compraventa con reserva de dominio que celebran el C. Ramiro Cisneros Manzano con la comparecencia y el consentimiento expreso de su cónyuge la C. Maricela Casillas Gómez como la parte vendedora y los CC. Miguel Ángel Espíritu Macías y Francisco Javier Déniz Macías, como la parte compradora. Respecto a la parcela 158 Z-2 P1/1, del ejido Abelardo L. Rodríguez con una superficie de 10-59-20.23 has, el cual está registrado con la clave catastral 07-0286-002-158-000 en el padrón catastral del municipio de Manzanillo. Mediante escritura pública número 31,899 de fecha 17 de diciembre de 2018 ante la fe del Licenciado Marcelino Bravo Jiménez, Titular de la Notaría Pública No. 2 de esta demarcación, se hace constar que los CC. Francisco Javier Déniz Macías y Miguel Ángel Espíritu Macías con la concurrencia y consentimiento expreso de su cónyuge la señora María Ofelia Gómez Bautista, otorgan el poder general para pleitos y cobranzas, para actos de administración y dominio limitado y poder para suscribir títulos de crédito a la empresa denominada Jade Grupo Inmobiliario, S.A. de C.V. Con la escritura pública 22,703 de fecha 16 de junio de 2015 ante la fe del Licenciado Rafael Verduzco Zepeda Notario Titular adscrito asociado al Licenciado Rafael Verduzco Curiel, Titular de la Notaría Pública número 13 de esta Demarcación se protocolizaron los acuerdos de la empresa Jade Grupo Inmobiliario, Sociedad Anónima de Capital Variable en donde se ratifica a Francisco Javier Déniz, Javier Déniz Macías, Javier Alejandro Déniz Sánchez, Roy Déniz Sánchez y la señorita Jenny Ivette Déniz Sánchez poder general para pleitos y cobranza para actos de administración y para actos de dominio de manera conjunta o separadamente, según convenga. A través de la escritura pública 12,266 se acredita la constitución de la sociedad mercantil denominada Jade Grupo Inmobiliario Sociedad Anónima de Capital Variable, realizada ante el Lic. Ramón Pérez Díaz, titular de la Notaría Pública número 1 de la ciudad de Colima, Colima. Signada con fecha del 17 de junio del 2005. Con la escritura pública 13,811 se acredita la protocolización de acta de asamblea extraordinaria de accionistas mediante la cual se constituye la sociedad mercantil denominada Jade Grupo Inmobiliario Sociedad Anónima de Capital Variable, ante el Lic. Ramón Pérez Díaz, titular de la Notaría Pública número 1, con fecha del 18 de febrero del 2009 en la ciudad de Colima, Colima. Mediante la escritura 32,027 de fecha 28 de enero del 2019 ante el Lic. Marcelino Bravo Jiménez titular de la Notaría Pública número 2 en la ciudad y puerto de manzanillo, comparece el sr. Ramiro Cisneros Manzano con el consentimiento de su cónyuge la C. Marice Casillas Gómez para cancelar la reserva de dominio del bien inmueble identificado como parcela 158 Z-2 P1/1, del ejido Abelardo L. Rodríguez.

Marco jurídico. En materia de desarrollo urbano, las disposiciones derivadas del marco jurídico vigente son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer la concurrencia de los diferentes órdenes de gobierno, fijar las normas básicas para planear y regular el ordenamiento territorial y los asentamientos humanos, así como definir los principios para determinar los usos y los destinos de las áreas y los predios que integran el centro de población. De esta manera, el Programa Parcial de Urbanización “Colinas de San Javier”, tiene fundamento en los siguientes preceptos legales:             Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículos: 27 párrafo tercero, 73 fracción XXIX-C y 115 fracciones II, III, V y VI; Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima: Artículo 87 fracción V; Ley del Municipio Libre del Estado de Colima: Artículo 45; Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano: Artículos: 11 fracción I, 22, 23 fracción V y 28; Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima: Artículos 21 fracción I, 43, 57, 58, 59, 275, 276 y 277; Reglamento de Zonificación para el Estado de Colima: Artículos 11 fracción VII y 14.

Bases de planeación. La planeación y regulación en materia de ordenamiento territorial y asentamientos humanos se ejerce de manera concurrente por los tres órdenes de gobierno: federal, estatal y municipal de acuerdo al ámbito de competencia que determina la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El Programa Parcial de Urbanización...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR