Acuerdo del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de México, del dieciocho de abril del dos mil veintidós, por el que se establece fecha para el cambio de domicilio de la Primera Sala Colegiada Civil de Ecatepec, del Juzgado Primero Mercantil del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos y del Juzgado Especializado en Juicio Sumario de Usucapión con Residencia en Ecatepec de Morelos, al ubicado en Avenida Constituyentes José López Bonaga (ahora Avenida de los Trabajadores), en el municipio de Ecatepec de Morelos, México, C.P. 55010.

Viernes 22 de abril de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 71
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IV. El artículo Noveno Transitorio de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, publicada
en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de junio de dos mil dieciséis, contempla:
“La secretaría técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia
Penal, así como los Órganos Implementadores de las entidades federativas, deberán realizar los
programas para el adecuado y correcto funcionamiento y cumplir con los objetivos de operatividad del
Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes en coordinación con todos los operadores del
Sistema Integral de Justicia”.
En cumplimiento a lo ordenado, el Consejo de la Judicatura el veintinueve de junio del año dos mil dieciséis, en el
punto de acuerdo décimo, instruyó a la Dirección de Tecnologías de Información del Poder Judicial del Estado de
México, para que en el ámbito de sus atribuciones, procediera a la creación de la plataforma electrónica del Sistema
de Gestión Penal Especializado en Adolescentes (SIGEPEA), así como la capacitación respectiva del personal de los
órganos jurisdiccionales y autoridades involucradas en el uso del citado sistema.
V. Este Órgano Colegiado permanentemente analiza la demanda de los servicios de administración de justicia, para
que, de acuerdo a los recursos materiales y humanos, determine la organización y funcionamiento de los órganos
jurisdiccionales y unidades administrativas del Poder Judicial, a efecto de satisfacer una pronta y eficaz impartición
de justicia, en ese sentido, se han evaluado las necesidades de contar con un Tribunal Electrónico en Segunda
Instancia, mediante la creación de un módulo en el Sistema de Gestión Penal Especializado en Adolescentes, el cual
permitirá promover de manera electrónica, consultar acuerdos, notificaciones, y resoluciones, resultando de gran
beneficio para las partes, tomando en consideración que, el Tribunal de Alzada Especializado en el Sistema Integral
de Justicia Penal para Adolescentes tiene competencia estatal, evitando traslados innecesarios y acortando los
tiempos para consultar los Tocas.
En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 116 fracción III de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 109 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 52 y 63, fracciones XVI, XXIII y
XXXVI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, se emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se autoriza la implementación del módulo de segunda instancia en el Sistema de Gestión Penal Especializado
en Adolescentes (SIGEPEA) del Poder Judicial del Estado de México.
SEGUNDO. Se instruye a la Dirección General de Innovación y Desarrollo Tecnológico del Poder Judicial del Estado de
México, para que, en el ámbito de sus atribuciones, realice las adecuaciones necesarias para la creación del módulo de
Segunda Instancia en Sistema de Gestión Penal Especializado en Adolescentes (SIGEPEA), imparta la capacitación al
personal de los órganos jurisdiccionales y se proporcione a los usuarios el Manual correspondiente de manera física o
electrónica.
TERCERO. La Unidad de Transparencia deberá coordinar la actualización de la cédula del Sistema de Gestión Penal
Especializado en Adolescentes, ante el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
Personales del Estado de México y Municipios (INFOEM), por tratarse de un sistema de datos personales.
CUARTO. La Coordinación General de Comunicación Social deberá realizar la difusión correspondiente del presente
acuerdo.
QUINTO. Lo no previsto en el presente acuerdo será resuelto por el Consejo de la Judicatura.
SEXTO. Por tratarse de un acuerdo de interés general, publíquese en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado,
en el Boletín Judicial y en la página de internet del Poder Judicial del Estado de México.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. El presente acuerdo entrará en vigor el veinticinco de abril del año en curso.
III. ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, DEL DIECIOCHO DE
ABRIL DEL DOS MIL VEINTIDÓS, POR EL QUE SE ESTABLECE FECHA PARA EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LA
PRIMERA SALA COLEGIADA CIVIL DE ECATEPEC, DEL JUZGADO PRIMERO MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL
DE ECATEPEC DE MORELOS Y DEL JUZGADO ESPECIALIZADO EN JUICIO SUMARIO DE USUCAPIÓN CON
RESIDENCIA EN ECATEPEC DE MORELOS, AL UBICADO EN AVENIDA CONSTITUYENTES JOSÉ LÓPEZ BONAGA
(AHORA AVENIDA DE LOS TRABAJADORES), MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, MÉXICO, C.P. 55010.

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