Acuerdo por el que se otorga la autorización para el uso y aprovechamiento a favor del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), sobre un terreno con una superficie de 20,485.003 m² del Archipiélago Islas Marías ubicado en la Isla María Madre, localizada a 112 km de la costa del Estado Mexicano de Nayarit.

Fecha de publicación12 Mayo 2022
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
ACUERDO por el que se otorga la autorización para el uso y aprovechamiento a favor del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), sobre un terreno con una superficie de 20,485
ACUERDO por el que se otorga la autorización para el uso y aprovechamiento a favor del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), sobre un terreno con una superficie de 20,485.003 m² del Archipiélago Islas Marías ubicado en la Isla María Madre, localizada a 112 km de la costa del Estado Mexicano de Nayarit. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.
ADÁN AUGUSTO LÓPEZ HERNÁNDEZ, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 27, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracciones II y VII, 9, párrafo segundo y 28, fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales; y 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
CONSIDERANDO
Que el artículo 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que las islas, los cayos y arrecifes de los mares adyacentes que pertenezcan al territorio nacional, la plataforma continental, los zócalos submarinos de las islas, de los cayos y arrecifes, los mares territoriales, las aguas marítimas interiores y el espacio situado sobre el territorio nacional, dependerán directamente del Gobierno de la Federación, con excepción de aquellas islas sobre las que hasta la fecha hayan ejercido jurisdicción los estados;
Que el artículo 27, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que corresponde a la Secretaría de Gobernación administrar las islas de jurisdicción federal, salvo aquellas cuya administración corresponda, por disposición de la ley, a otra dependencia o entidad de la Administración Pública Federal;
Que el artículo 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, establece que corresponde originalmente a la persona Titular de la Secretaría la representación, trámite y resolución de los asuntos que competen a la Secretaría de Gobernación;
Que por Decreto Presidencial publicado el 12 de mayo de 1905, el Archipiélago denominado "Las Tres Marías", se destinó para establecer una Colonia Penitenciaria; el 22 de ese mes y anualidad, la Secretaría de Gobernación tomó posesión del territorio insular y fue hasta 1908 que funcionó para el fin que se creó, correspondiendo al Ejército Mexicano su vigilancia y a partir del 16 de marzo de 1970, esta función la ha llevado a cabo la Armada de México con sus medios operativos;
Que el Estatuto de Las Islas Marías, reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 2010, establece en su artículo 1 que se destina el Archipiélago Islas Marías para el establecimiento de un Complejo Penitenciario como parte del Sistema Penitenciario Federal, a fin de que puedan en él cumplir la pena de prisión los sentenciados federales o del orden común que determine la Secretaría de Seguridad Pública;
Que con fecha 8 de marzo de 2019 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se desincorporan del Sistema Federal Penitenciario los Centros Federales de Readaptación Social señalados en su artículo primero, denominados: Centro Federal Femenil de Readaptación Social de Seguridad Mínima "Zacatal", Centro Federal de Readaptación Social de Mínima Seguridad "Aserradero", Centro Federal de Readaptación Social "Morelos", Centro Federal de Readaptación Social "Bugambilias" y Centro Federal de Readaptación Social de Seguridad Máxima "Laguna del Toro", ubicados en el Complejo Penitenciario Islas Marías de los Estados Unidos Mexicanos;
Que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, mediante oficio número DG.100.1/0244/2022, del 25 de marzo de 2022, solicitó a la Secretaría de Gobernación la autorización para el uso y aprovechamiento de un terreno de 20,485.003 m², en la Isla María Madre, a fin de que se establezca una clínica de salud;
Que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para garantizar el otorgamiento de seguros, prestaciones y servicios, establecidos en los artículos 3° y 4° de su Ley, requiere llevar a cabo acciones prioritarias a fin de instalar una clínica de salud. Esta situación, debido a la condición de aislamiento geográfico del archipiélago y las restricciones administrativas que por razones de seguridad existen en cuanto al acceso, comunicaciones, habitación, alimentación y el traslado oportuno de personas y bienes, habiendo la necesidad de dotar de un espacio de terreno para tales fines;
Que en términos de lo desarrollado resulta procedente el otorgamiento de la autorización para el uso y aprovechamiento del terreno e infraestructura solicitada, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 2, fracciones II y VII, así como 28, fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales, sin menoscabo de que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado lleve a cabo las gestiones administrativas necesarias para el establecimiento de una clínica de salud, por lo que se ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE OTORGA LA AUTORIZACIÓN PARA EL USO Y APROVECHAMIENTO A
FAVOR DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL
ESTADO (ISSSTE), SOBRE UN TERRENO CON UNA SUPERFICIE DE 20,485.003 m² DEL ARCHIPIÉLAGO
ISLAS MARÍAS UBICADO EN LA ISLA MARÍA MADRE, LOCALIZADA A 112 KM DE LA COSTA DEL
ESTADO MEXICANO DE NAYARIT
PRIMERO.- Se otorga la autorización para el uso y aprovechamiento de un terreno con una superficie de 20,485.003 m² y su infraestructura que se encuentra en la superficie del polígono, del Archipiélago Islas Marías ubicado en la Isla María Madre, con la siguiente ubicación:
CUADRO DE CONSTRUCCIÓN POLÍGONO HOSPITAL
LADO
RUMBO
DISTANCIA
V
COORDENADAS
EST
PV
Y
X
1
2,392,247.5229
341,467.6373
1
2
S 57°10'56.98" W
34.330
2
2,392,228.9170
341,438.7860
2
3
S 51°36'16.21" W
22.852
3
2,392,214.7240
341,420.8760
3
4
S 52°36'26.53" W
28.281
4
2,392,197.5496
341,398.4069
4
5
S 66°05'41.57" W
121.668
5
2,392,148.2470
341,287.1760
5
6
S 62°07'21.15" W
16.987
6
2,392,140.3040
341,272.1600
6
7
S 40°26'35.53" E
114.236
7
2,392,053.3650
341,346.2640
7
8
N 67°03'33.67" E
16.858
8
2,392,059.9360
341,361.7890
8
9
N 55°57'12.10" E
73.044
9
2,392,100.8310
341,422.3120
9
10
N 36°21'02.40" E
43.168
10
2,392,135.5990
341,447.8990
10
11
N 45°12'46.24" E
99.933
11
2,392,205.9990
341,518.8240
11
12
N 21°32'10.32" W
9.234
12
2,392,214.5880
341,515.4344
12
13
N 59°57'30.80" W
38.444
13
2,392,233.8340
341,482.1550
13
1
N 46°40'58.82" W
19.954
1
2,392,247.5229
341,467.6373
SUPERFICIE = 20,485.003 m²
SEGUNDO.- La Secretaría de Gobernación autoriza la solicitud del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado sobre el uso y aprovechamiento del terreno y construcción existente materia del presente Acuerdo, por lo que dicho Instituto deberá remitir la documentación necesaria en la cual informe a esta dependencia el objeto del uso y aprovechamiento del polígono.
TERCERO.- En caso de que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado modificara la finalidad prevista en el numeral Primero del Presente Acuerdo, o dejare de utilizar o necesitar dicho terreno, deberá dar aviso a la Secretaría de Gobernación a través de la unidad administrativa correspondiente, para definir conjuntamente las acciones a implementar.
CUARTO.- La autorización para el uso y aprovechamiento del terreno al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, será por un periodo indefinido.
QUINTO.- La Secretaría de Gobernación, a través de las unidades administrativas correspondientes, así como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, vigilarán el cumplimiento de este Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación.
Dado en la Ciudad de México, a 6 de mayo de 2022.- El...

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