Acuerdo número 26/12/20 por el que se establecen las orientaciones pedagógicas y los criterios para la evaluación del aprendizaje para la educación preescolar, primaria y secundaria en el periodo de contingencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) para el ciclo escolar 2020-2021.

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EmisorSecretaría de Educación Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. ESTEBAN MOCTEZUMA BARRAGÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3o., cuarto y quinto párrafos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 5, 7, 11, 21, 61, 62, 72, 78, 84 y 113, fracción XXII de la Ley General de Educación; 1, 4, primer párrafo y 5, fracciones I y XIX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 3o., párrafos cuarto y quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. Tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje. Asimismo, el Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos;

Que los artículos 2, 21, primer párrafo y 72, primer párrafo de la Ley General de Educación disponen que el Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el ejercicio de su derecho a la educación. Para tal efecto, garantizará el desarrollo de programas y políticas públicas que hagan efectivo ese principio constitucional; la evaluación de los educandos será integral y comprenderá la valoración de los conocimientos, las habilidades, las destrezas y, en general, el logro de los propósitos establecidos en los planes y programas de estudio, y que los educandos son los sujetos más valiosos de la educación con pleno derecho a desarrollar todas sus potencialidades de forma activa, transformadora y autónoma;

Que con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 (COVID-19) en la comunidad, así como para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y muerte en la población residente en el país, por razones de fuerza mayor, caso fortuito y emergencia sanitaria, a nivel nacional, se tomó la medida de suspender las labores escolares;

Que el 14 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias, mismo que prevé en su Anexo denominado "Semáforo por Regiones" que las escuelas podrán regresar a prestar sus servicios educativos hasta en tanto la región en que se encuentren esté en "semáforo verde";

Que en el contexto de la contingencia sanitaria, para garantizar el derecho a la educación, la Secretaría de Educación Pública, en coordinación con las autoridades educativas de los Estados, tomó la determinación de iniciar el ciclo escolar 2020-2021 a distancia, utilizando fundamentalmente la televisión, así como la radio, cuadernos de trabajo para alumnas y alumnos en situación de vulnerabilidad, con el apoyo también del avance de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital a que refiere el artículo 84 de la Ley General de Educación, para lo cual diseñó y puso en marcha la estrategia "Aprende en Casa II", cuyos componentes principales son dos: i) la oferta educativa a distancia y ii) la acción pedagógica de maestras y maestros. La articulación de ambos componentes es la que hace posible que las alumnas y los alumnos de preescolar, primaria y secundaria continúen sistemáticamente el estudio y avancen en su proceso de aprendizaje;

Que la oferta educativa a distancia se ha fortalecido, el magisterio ha puesto en marcha acciones creativas para mantener el vínculo educativo, aprovechar la estrategia de "Aprende en Casa II" y dar asesoría pedagógica a las alumnas y los alumnos por diversos medios. Los resultados de esas acciones han sido variados, por lo que pueden identificarse al menos tres niveles de comunicación y...

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