Acuerdo de la Municipalización de los Servicios Públicos del Fraccionamiento Hacienda La Cruz, del Municipio de El Marqués, Querétaro.

Pág. 4502 PERIÓDICO OFICIAL 5 de febrero de 2021
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO RODRIGO MESA JIMÉNEZ, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, EN USO
DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 47, FRACCION IV, DE LA LEY ORGANICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERETARO.
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de fecha 22 de enero de 2021, el H. Ayuntamiento de El Marqués, Querétaro, autorizó
el acuerdo de la Municipalización de los Servicios Públicos del Fraccionamiento Hacienda La Cruz del municipio
de El Marqués, Querétaro:
“… DE CONFORMIDAD EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN V, INCISOS A) Y D) DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 1, 7, Y 35, DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO; 62 Y 76, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE ÉSTE AYUNTAMIENTO, Y CON BASE A LOS
SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
PRIMERO. Que, en fecha 24 de febrero de 2020, se recibió el escrito suscrito por los CC. Luis Garduño Contreras
y María Edith Pérez Rodríguez, Presidente y Secretaria respectivamente de la Asociación General de Colonos
Fraccionamiento Hacienda La Cruz, personalidad que acredita con la Escritura Pública Número 38,997,
correspondiente a la Notaría Pública Número 32 (Treinta y dos) del Estado de Querétaro, mediante el cual, solicitó:
1.1. Información respecto de si el Municipio El Marqués, Querétaro, contaba con una fianza vigente emitida por
la empresa denominada Casas GEO, en la cual, se garantice el mantenimiento y conservación de las obras de
urbanización en el Fraccionamiento Hacienda La Cruz.
1.2. Se hiciere efectiva la fianza a efecto, de que se arreglen los desp erfectos en la urbanización a fin de que el
Municipio acepte el fraccionamiento y, en lo subsecuente, se haga cargo de su mantenimiento; en caso de que
la fianza no estuviere vigente, realizar las acciones legales que correspondan dentro del proceso de liquidación
que se lleva a cabo para la empresa denominada Casas GEO, a fin de que sean considerados como un pasivo,
los arreglos de urbanización del fraccionamiento y, sean ejecutados para la aceptación del fraccionamiento al
Municipio.
1.3. Se informen los alcances jurídicos que conlleva la sentencia emitida por el Juez Octavo de Distrito en materia
Civil, respecto de la declaración de quiebra de la desarrolladora de vivienda Casas GEO, ello, conforme a la Ley
de Concursos Mercantiles en cuanto al proceso de aceptación del fraccionamiento al Municipio.
1.4. En caso de que se considerase la existencia de una afectación al proceso de aceptación del fraccionamiento
al Municipio por dicha declaración de quiebra, decretada por el Juez Octavo de Distrito, se inicien las acciones
Jurídicas por parte del mismo en contra de la empresa desarrolladora del Fraccionamiento Hacienda La Cruz.
1.5. En caso de no existir afectación alguna en el proceso aceptación del fraccionamiento al Municipio, por la
declaración de quiebra decretada por el Juez Octavo de Distrito en Materia Civil, se instruya a las áreas
correspondientes a efecto de que se lleven a cabo los procesos administrativos y jurídicos para reconocimiento
del Fraccionamiento Hacienda La Cruz a favor del Municipio El Marqués, Querétaro.
5 de febrero de 2021 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4503
SEGUNDO. Que, atendiendo a la solicitud presentada por el Presidente de la Asociación General de Colonos
Fraccionamiento Hacienda La Cruz, El Marqués, Querétaro se dio trámite, solicitando la Opinión Técnica
mediante los oficios SAY/DT/1817/2019-2020, SAY/DT/12593/2019-2020, SAY/DT/1818/2019-2020,
SAY/DT/2594/2019-2020, SAY/DT/3359/2019-2020, SAY/DT/1819/2019-2020, SAY/DT/2595/2019-2020,
SAY/DT/2719/2019-2020, SAY/DT/1820/2019-2020, SAY/DT/1821/2019-2020, SAY/DT/1822/2019-2020,
SAY/DT/2597/2019-2020, SAY/DT/1823/2019-2020 y SAY/DT/1824/2019-2020, SAY/DT/1824/2019-2020,
SAY/DT/2599/2019- SAY/DT/ 3360/2019-2020 respectivamente, en el ámbito de su competencia de las
siguientes áreas:
3.1. Dirección Jurídica de la Secretaría del Ayuntamiento.
3.1.1. Mediante oficio DJ/206/2019, suscrito por el Lic. Luis Fernando Soto Rojas, Director Jurídico adscrito a la
Secretaría del Ayuntamiento, informa los alcances jurídicos respecto de la sentencia de fecha 8 de marzo de
2019, publicada el 11 de marzo del corriente, dictada por el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en la
Ciudad de México; sentencia en la cual, se declaró abierta la etapa de quiebra de la Desarrolladora Inmobiliaria
“Casas GEO”.
3.2. Secretaría de Gobierno.
3.2.1. Mediante oficio SEGOB/0100/2020, suscrito por el C. José Belén Robles Campos, Secretario de Gobierno,
refiere de la petición ingresada por parte de los CC. Luis Garduño Contreras y María Edith Pérez Rodríguez,
Presidente y Secretaria respectivamente de la Asociación General de Colonos Fracc. Hacienda La Cruz:
3.2.2. Mediante oficio SEGOB/278/2020, suscrito por el C. José Belén Robles Campos, Secretario de Gobierno,
hace referencia a lo siguiente: El regularizar o se reconozca, permitirá que los servicios públicos se presten sin
restricción legal para mejorar la atención a la ciudadanía, lo que ayudará a que la sociedad civil, tenga más y
mejores servicios públicos municipales y será muy favorable esta acción tanto para los vecinos, como para los
funcionarios públicos que atienden la demanda social. Actualmente los vecinos carecen de servicios públicos
municipales de manera permanente y a diario lo solicitan, así con la regularización, los colonos podrán tener más
y mejores servicios, por su parte el Municipio, con esta política, entrará en una dinámica de atención social a los
vecinos, que hoy no lo hace por situaciones administrativas, así mismo permitirá establecer programas y acciones
que ayudarán a mejorar la atención ciudadana. En un principio, con el mejoramiento de atención y servicios, la
problemática social bajará de manera gradual, porque se atenderá de manera programada y planificada la
demanda social, por lo cual, ayudará a la administración municipal en establecer mecanismos propios y
jurídicamente se
podrán respaldar de cualquier ejercicio que se establezca, en programas de asistencia social, obras o acciones
que se desarrollen en el fraccionamiento.
3.3. Secretaría de Servicios Públicos Municipales.
3.3.1. Mediante oficio SSPM/559/2020, suscrito por el C. Mauro Aragón Chávez refiere que los servicios públicos
que se proporcionan al Fraccionamiento Hacienda La Cruz son:
Aseo Público.
o Una persona de lunes a viernes, lleva a cabo la realización de barrido de 9,712 metros lineales
de vialidades de manera mensual.
o Dos personas, los días lunes, miércoles y viernes llevan a cabo la limpieza de drenes.
o Dentro de este esquema de trabajo, se recolectan 5.16 toneladas de residuos urbanos de
manera mensual.

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