Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales, para el ejercicio fiscal 2017

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ACCESO AL FINANCIAMIENTO PARA SOLUCIONES HABITACIONALES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017.

MARÍA DEL ROSARIO ROBLES BERLANGA, Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con fundamento en los artículos 75 fracciones I, IV y IX, y 77 penúltimo párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 58, fracción II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 23 fracción I de la Ley de Vivienda; artículos aplicables del Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente; así como el artículo 7, fracción I del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de Vivienda:

CONSIDERANDO

Que el 30 de diciembre 2016, se publicaron en el Diario Oficial las Reglas de Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales para el ejercicio fiscal 2017.

Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) dispone que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes.

Que es necesario realizar ajustes al Programa Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales para el ejercicio fiscal 2017, con el propósito de optimizar la implementación de las acciones, focalizar los recursos y mejorar las estrategias generales del Programa.

Que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Vivienda aprobó modificaciones a las Reglas de Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales, para el ejercicio fiscal 2017.

Por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

Artículo Único

Se modifican las Reglas de Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales para el ejercicio fiscal 2017, para quedar como sigue:

  1. ...

    1.1 ...

    1.2 ...

    Ampliación de vivienda: modalidad del Programa en la que la solución habitacional consiste en el incremento en la superficie construida de la Vivienda, que implique la adición de al menos una cocina, baño o dormitorio, pudiendo incluir criterios de eficiencia en el uso de recursos naturales, así como de Ecotecnias y Ecotecnologías para la implementación del diseño bioclimático en la rehabilitación tanto en la envolvente como al interior.

    ...

    Se elimina Comité de Producción Social de Vivienda.

    ...

    Ecotecnia: es una estrategia, elemento o sistema elaborado in situ, que aprovecha las condiciones inherentes del emplazamiento de la vivienda a favor del usuario. Estas acciones reducen la necesidad de instalación tecnologías que garanticen el confort térmico de la vivienda, generando una disminución inherente en la huella ecológica de la vivienda.

    Ecotecnologías: Sistemas y productos que utilizan avances tecnológicos con objeto de optimizar el uso

    del agua, energía y gas al interior de una vivienda, así como productos o sistemas que aprovechan los recursos renovables inherentes a su ubicación.

    ...

    Mejoramiento: modalidad del Programa en la que la Solución habitacional consiste en la acción tendiente a consolidar o renovar las viviendas, mediante actividades de reparación, reforzamiento estructural o rehabilitación, optimizando el uso de energía, agua y otros recursos naturales que promuevan la habitabilidad de la vivienda, y su armonía con el hábitat propiciando una vivienda digna, decorosa y sustentable.

    ...

    NAMA Mexicana de Vivienda Sustentable o NAMA de Vivienda: es un programa diseñado para la mitigación (reducciones de emisiones) de Gases de Efecto Invernadero (GEI) a través de acciones y soluciones en la vivienda nueva y/o existente que reduzcan los consumos de gas, electricidad y agua, entre otros atributos para esos efectos. Tendiente al logro de los objetivos principales, este programa tiene un impacto en beneficios sociales, como la mejora de la calidad de vida, la salud y el bienestar de las familias que habitan la Vivienda. Las viviendas que cumplan con el producto ECOCASA o cualquier otro que cumpla con los estándares que rigen en la NAMA serán consideradas para su evaluación por la Instancia Normativa para la priorización en el subsidio.

    NAMA Urbana: es un programa diseñado para la mitigación (reducciones de emisiones) de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en un polígono urbano. Las acciones de mitigación se desarrollan en los rubros de agua, energía, transportes, residuos sólidos a nivel conjunto, incluyendo las acciones individuales en cada una de las viviendas que lo integran.

    Necesidades de vivienda: Es la suma de las viviendas particulares habitadas que se encuentran en rezago habitacional más las viviendas nuevas que se requieren por crecimiento demográfico.

    Organismos ejecutores de obra: persona moral o Agencias Productoras de Vivienda autorizadas por la SHF, y registradas ante la Instancia Normativa conforme a sus requerimientos, responsables de otorgar asesoría técnica integral y fomentar cohesión social en el proceso constructivo.

    ...

    Órgano Fiscalizador: De manera indistinta la Secretaría de la Función Pública, la Unidad de Operación Regional y Contraloría Social de la misma, la Unidad de Auditoría Gubernamental, el Órgano Interno de Control en la CONAVI, la Auditoría Superior de la Federación y los auditores externos contratados por CONAVI, entre otros.

    ...

    Polígonos PROCURHA: espacio de actuación del Programa de Consolidación Urbana y Rehabilitación Habitacional. Los polígonos, que hayan sido definidos con base en los criterios de elegibilidad, serán enviados por la Subdirección General de Análisis de Vivienda, Prospectiva y Sustentabilidad de la CONAVI al RUV, y siempre se ubicarán dentro de los Perímetros de Contención Urbana (U1, U2 y U3). Se trata de una estrategia implementada por la CONAVI que tiene el propósito de concentrar acciones y soluciones habitacionales en espacios determinados que promuevan la densificación urbana, el mejoramiento del parque habitacional y su conservación.

    ...

    PROCURHA: Programa de Consolidación Urbana y Rehabilitación Habitacional.

    ...

    Rezago o déficit habitacional: Es el número de viviendas con materiales precarios en pisos, techos y muros, que no cuentan con excusado o aquellas cuyos residentes habitan en hacinamiento.

    ...

    Se elimina SMGVM.

    ...

    Vivienda nueva: es la Vivienda por iniciar, en proceso o terminada que nunca ha sido habitada y que cumple con los lineamientos, criterios y parámetros de sustentabilidad establecidos por la Instancia Normativa.

    Se elimina Vivienda progresiva.

    ...

  2. ...

    3.3 ...

    Persona física cuyo ingreso individual es menor o igual a la línea de bienestar, urbana o rural, establecida por el CONEVAL en la página www.coneval.org.mx Para este cálculo se aproximará el ingreso a través de la Cédula de Información Socioeconómica que se deberá aplicar al o a la solicitante para obtener esta información (Anexo 1).

    En caso de que las Entidades Ejecutoras no cuenten con herramientas para hacer este cálculo, la Instancia Normativa podrá autorizar que se tomen como equivalentes los siguientes criterios:

    1. Población derechohabiente de FOVISSSTE o INFONAVIT con crédito para vivienda otorgado por alguno de esos organismos, con Ingreso Individual de hasta dos punto seis (2.6) veces el valor de la UMA, con excepción de la Modalidad de Adquisición de Vivienda, en la que el Ingreso individual pueda ser de hasta cuatro (4) veces el valor de la UMA.

    2. Población con crédito para vivienda no otorgado por FOVISSSTE e INFONAVIT con Ingreso Individual de hasta cinco (5) veces valor de la UMA.

      ...

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