Acuerdo por el que se Modifican los Lineamientos y Criterios para el Desarrollo de Vivienda de Interés Social y Popular en Favor de los Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

Acuerdo por el que se Modifican los Lineamientos y Criterios para el Desarrollo de Vivienda de Interés Social y Popular en Favor de los Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México

ILEANA AUGUSTA VILLALOBOS ESTRADA, Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 4º párrafo séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4 apartado A numerales 1 y 3, 9 apartado E numerales 1 y 2, 12 y 16, apartado E, numerales 1 y 2, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 31 fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y 7 fracciones I y XIII de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal; 154 fracción VII y 155 fracción XVIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, y

C O N S I D E R A N D O

Que con fecha 25 de abril de 2017, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos y Criterios para el Desarrollo de Vivienda de Interés Social y Popular en Favor de los Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México, mediante el cual se determinó que los organismos públicos Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V. (SERVIMET) y el Sistema de Transporte Colectivo Metro (STC-METRO), bajo un esquema de coinversión conforme a las Reglas de Carácter General para determinar la Participación de la Administración Pública del Distrito Federal en Proyectos de Coinversión, publicadas el 10 de abril de 2009, pudieran construir vivienda de interés social y popular.

Que la Norma de Ordenación Número 26. Norma para Incentivar la Producción de Vivienda Sustentable, de Interés Social y Popular, conforme al decreto publicado el 10 de agosto de 2010 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, es aplicable a la vivienda tipo A, B y C, rangos dentro de los que puede ubicarse la vivienda de interés social y popular, pero que los excede actualmente, razón por la cual se interpreta que la "vivienda sustentable" es un concepto distinto del de vivienda de interés social y popular.

Que actualmente, Servicios Metropolitanos, S.A. (SERVIMET) se encuentra desarrollando vivienda en el marco del Programa de Vivienda para los Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México, cuyo rango se considera adecuado corresponda...

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