Acuerdo por el que se modifica el “Sistema de Datos Personales para el Registro de Personas Capacitadas”

34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17 de diciembre de 2019

INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

MTRO. ADRIÁN ESCAMILLA PALAFOX, Director General del Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, con fundamento en el artículos 36, 37 fracción I, de la Ley de Protección de Datos en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, 74 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, 11 y 12 del Estatuto Orgánico del Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, numeral Décimo Cuarto, fracciones I, III, XII y XIX del Decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, denominado Instituto de Capacitación para el Trabajo de la Ciudad de México, emite el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES BAJO LA TUTELA DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DE LA CIUDAD DE MÉXICO ("INSTITUTO"), PARA QUEDAR DE LA MANERA SIGUIENTE "SISTEMA DE DATOS PERSONALES PARA EL REGISTRO DE PERSONAS CAPACITADAS", DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVIDAD APLICABLE EN ESTA MATERIA.

ÚNICO. Se da a conocer la modificación del Sistema de Datos Personales "Sistema de Datos Personales para el Registro Electrónico de Personas Capacitadas", que en adelante se denominará "SISTEMA DE DATOS PERSONALES PARA EL REGISTRO DE PERSONAS CAPACITADAS" en los términos siguientes:

I. FINALIDAD Y USO PREVISTO: Administrar eficientemente los datos personales de los usuarios que reciben cursos de capacitación por parte del Instituto, a fin de garantizar su adecuado uso, manejo, cesión y/o transmisión, tendientes a ejecutar las políticas que en materia de capacitación para y en el trabajo. USO: Se empleará para realizar el registro de los participantes en los distintos procedimientos que surgen derivados de un proceso de capacitación, así mismo, se empleará la información a fin de evaluar la calidad de los servicios, elaborar estadísticas y generar estrategias de promoción y difusión, de igual manera, estos datos se utilizarán en el supuesto de una reimpresión de la constancia que se emite al aprobar un curso, previa solicitud por escrito de participante.

II. NORMATIVIDAD APLICABLE: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Constitución Política de la Ciudad de México; Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad...

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