Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales denominado “Sistema de Control del Impuesto sobre Espectáculos Públicos”, de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México

TERCERO.- El responsable del Sistema de Datos Personales, por conducto del Enlace en Materia de Datos Personales, deberá notificar el presente acuerdo de modificación al Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, y llevar a cabo las modificaciones en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales habilitado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de la presente publicación.

Ciudad de México, a 26 de octubre de 2016.

EL SECRETARIO DE FINANZAS

(Firma)

EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES DENOMINADO "SISTEMA DE CONTROL DEL IMPUESTO SOBRE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS", DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Finanzas de la Ciudad de México, en ejercicio de las facultades conferidas y en cumplimiento a lo establecido en los artículos , 12, fracción VI, 87, 94 y 95 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1º, 2º, 3°, fracción VIII, 7º, párrafo primero, 15, fracción VIII, 16, fracción IV, y 30, fracciones IV, VI, IX y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6° y 7°, fracciones I y II de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 141, 142, 143 y 144 del Código Fiscal del Distrito Federal; 1°, 2°, 7°, fracción VIII, inciso B), 35, fracciones IX, XIV y XXIX, 73, fracciones I y X, 74 y 87 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y los numerales 6°, 7° y 8° de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y

C O N S I D E R A N D O

Que de conformidad con los artículos 6°, apartado A, fracción II y 16, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 26 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la citada Ley.

Que de acuerdo a lo establecido en los artículos y 7°, fracciones I y II de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y los numerales 6° y 7° de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, corresponde a los entes públicos determinar, a través de su titular, la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales, debiendo publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, ahora Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Que el Sistema de Datos Personales denominado "SISTEMA DE CONTROL DEL IMPUESTO SOBRE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS", DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, es preexistente a la fecha de publicación de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y se inscribió en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales el 04 de mayo de 2010.

Que derivado de la publicación en la entonces Gaceta Oficial del Distrito Federal con fecha 20 de agosto de 2015 del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Distrito Federal, así como de la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México con fecha 06 de mayo de 2016, del Decreto por el que se expide la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se requiere efectuar cambios en la Normatividad.

Que derivado de la firma del Convenio General de Colaboración que establece las Bases Generales para el intercambio de información en materias fiscal y administrativa, que celebran por una parte, el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Gobierno del Distrito Federal, a través de la Secretaría de Finanzas, suscrito en fecha 16 de julio de 2012, por parte de la Secretaría, se requiere efectuar cambios en la Normatividad y Destinatarios.

Que tomando en consideración que actualmente para los trámites de Inscripción y Modificación de datos en el Padrón del Impuesto Sobre Espectáculos Públicos, así como en el de Manifestación de datos y boletos sobre la realización de Espectáculos Públicos, también se recaba el correo electrónico como un dato obligatorio, es necesario modificar el apartado de Estructura Básica del Sistema.

Que mediante Acuerdo 1299/SO/24-09/2014, publicado el 06 de octubre de 2014, en la entonces Gaceta Oficial del Distrito Federal el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal determinó que cualquier referencia...

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